Este es un fragmento del libro Abogados del periodista Carlos Montero, una obra que analiza la influencia histórica y política de los "Doctores" en Derecho en la sociedad uruguaya. Este extracto contiene únicamente los capítulos "Justicia Militar" y "Derechos Humanos", en los cuales se exponen las posturas y testimonios de figuras como Federico Silva Ledesma, Manuel Flores Mora, Adolfo Gelsi Bidart, Rodolfo Canabal, Rafael Addiego Bruno, Eduardo Jiménez de Aréchaga, Horacio Cassinelli, Héctor Gros Espiell y Julio María Sanguinetti.
Capítulo: Justicia Militar
Este capítulo expone la tensión entre la represión institucionalizada y el ejercicio de la abogacía durante la dictadura. Inicia con la visión militar de Silva Ledesma, quien justifica la subordinación de los derechos ciudadanos al "interés general" y a tribunales extraordinarios. Como contrapartida, se cita a Manuel Flores Mora, quien repudia a los fiscales militares, acusándolos de usar un "mal manejado y peor conceptualizado palabrerío pseudo jurídico" para encarcelar personas.
A través de las entrevistas, los doctores Adolfo Gelsi Bidart y Rodolfo Canabal relatan las extremas dificultades de ejercer la defensa en esa época: vigilancia constante, falta de garantías y colegas aterrorizados que abandonaban los casos. Un punto álgido del capítulo es el análisis del caso de Wilson Ferreira Aldunate. Canabal acusa abiertamente a la Suprema Corte de Justicia —y en particular a su presidente, Silva Delgado, y a la ministra Fons de Genta— de no tener la valentía de liberar al líder político, dilatando el fallo intencionalmente hasta después de las elecciones de 1984 por presiones del gobierno de facto. En contraposición, el Dr. Rafael Addiego Bruno, integrante de esa Corte, niega cualquier presión militar o política, excusando la demora en que los ministros civiles solo tuvieron unos pocos días para estudiar un expediente inmensamente voluminoso.
Los testimonios desnudan la enorme miseria institucional de la época. Mientras Gelsi y Canabal muestran cierto decoro al no abandonar a sus defendidos, la postura de Rafael Addiego Bruno resulta lamentable y corporativista. Su justificación sobre la "falta de tiempo material" para leer un expediente suena a una coartada burocrática y cobarde para encubrir la sumisión de la Suprema Corte ante el poder militar. Los jueces prefirieron la comodidad de lavarse las manos a costa de la libertad de un ciudadano, demostrando que la cúpula judicial fue cómplice por omisión de los tiempos políticos de la dictadura.
Capítulo: Derechos Humanos
Este segmento aborda el dilema ético y jurídico que enfrentó Uruguay tras la dictadura respecto a la Ley de Caducidad. El experto internacional Eduardo Jiménez de Aréchaga convalida la impunidad afirmando que las leyes perdonadoras no coliden con los tratados de Costa Rica porque "la facultad de amnistía existe". Por el contrario, Horacio Cassinelli rechazó la "salida política" y militó en la Comisión Pro-Referéndum para derogar la impunidad. Héctor Gros Espiell cataloga la dictadura como un "lapso patológico" de desprecio a los derechos humanos, aunque enfatiza que el terrorismo subversivo tampoco debe quedar al margen del análisis.
Es aquí donde Julio María Sanguinetti despliega su argumentación. Sanguinetti sostiene que existía una "reciprocidad" entre la violencia del Estado y la de la guerrilla, y que los excesos en la represión pueden entenderse como una "defensa" ante una agresión. Justifica la falta de castigo a los crímenes de Estado argumentando que buscar justicia pone en riesgo a toda la sociedad al reproducir el conflicto político, concluyendo que "no es posible sacrificar la paz para hacer justicia" y que "la verdadera justicia es la paz". Ante esto, el propio autor del libro y juristas citados como Juan Antonio Travieso rebaten esta postura, señalando que las emergencias no dan "título para iniquidades" y cuestionando qué tipo de paz futura se construye sobre el desacato a la norma y la ausencia de justicia.
Julio María Sanguinetti se consagra en estas páginas como el gran arquitecto y cultor de la impunidad. Su discurso es un ejercicio de profundo cinismo: escudado en una falaz "teoría de los dos demonios", equipara los delitos de una guerrilla con el terrorismo sistemático ejercido desde el aparato del Estado. Sanguinetti utiliza la "paz" como un chantaje moral, sugiriendo que aplicar la ley a los militares equivalía a destruir la sociedad. Esta visión no es pacificación, es claudicación del Estado de Derecho, marginando cruelmente a las víctimas que nada tuvieron que ver con la "agresión" originaria. Asimismo, la postura de Jiménez de Aréchaga resulta indignante; su enfoque formalista ("la amnistía existe") reduce el derecho internacional a un frío reglamento, vaciándolo de contenido ético para justificar la protección política de torturadores y asesinos.
Biblioteca del Poder Legislativo de Uruguay
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