Denuncias y sentencias
Causa de la Justicia Militar por la muerte de Vladimir Roslik
En esta causa de la justicia militar, referida al asesinato en torturas de Vladimir Roslik se condenó al Teniente Coronel Mario Alfredo Olivera Hutton por "omisión en el servicio" y al Mayor Sergio Héctor Caubarrere Barrón como autor responsable de los delitos "ataque a la fuerza moral de las Fuerzas Armadas, por abuso de autoridad" y por "Homicidio culpable". Fueron condenados a cumplir 6 meses de prisión y 2 años respectivamente, de los cuales fueron descontados los meses de arresto previos mientras duraba el juicio. Esto significó que Olivera quedara libre y Caubarrere cumpliera 4 meses y 18 días de prisión.
El expediente refiere que el interrogatorio con torturas de Roslik fue supervisado por Caubarrere y en él se encontraban presentes los Capitanes Daniel E. Castellá, Jorge R. Soloviy y Héber L. Calvetti, los Tenientes 1ros Dardo I. Morales y Oscar A. Lauber, los Tenientes 2dos Luis P. Estebenet, Rodolfo G. Costas y Alberto J. Loitey y los Alféreces Edgardo Favier y Nelson F. De los Santos. En el despacho continuo a la sala donde se torturó a Roslik se encontraban el Cabo de 1ra Ubaldino Miranda, el Cabo de 2da. Julio R. García y el Soldado de 1ra Agustín F. García.
El resto de los militares participantes del secuestro, interrogatorio y tortura quedaron impunes. La sentencia de este causa fue divulgada por primera vez el 31 de julio de 2021, a partir de un pedido de información publica cursada por el medio de prensa "La Diaria".
ARANA, Mariano y otros, su denuncia
En esta causa, referida a la desaparición forzada de la maestra Elena Quinteros, fue procesado con prisión el ex canciller de la dictadura Juan Carlos Blanco, el 18/10/2002 como co-autor de un delito de Privación de libertad. En el año 2010 se lo condenó a 20 años de penitenciaria por la coautoría de un delito de homicidio muy especialmente agravado.
En esta causa, referida a la desaparición forzada de la maestra Elena Quinteros, fue procesado con prisión el ex canciller de la dictadura Juan Carlos Blanco, el 18/10/2002 como co-autor de un delito de Privación de libertad. En el año 2010 se lo condenó a 20 años de penitenciaria por la coautoría de un delito de homicidio muy especialmente agravado.
BARRIOS FERNANDEZ Washington y SOBA Adalberto, privación de libertad
Causa que condenó a represores por su participación en la secuestro, torturas, asesinato y desaparición de 28 ciudadanas y ciudadanos uruguayos en Argentina en 1976, en el marco de la coordinación conocida como Plan Cóndor. En el año 2006 se procesó a los represores Ernesto Ramas, Jorge Silveira, José Gavazzo, Ricardo Medina, José Arab, Luis Maurente, José Sande Lima y Gilberto Váquez, con prisión preventiva por un delito de privación de libertad con un delito de asociación para delinquir. Si bien en la indagatoria se mencionaban mas víctimas, la única considerada en esta instancia fue Adalberto Waldemar Soba Fernández, ya que era el único caso excluido de la Ley de Caducidad de los mencionados.
En el año 2009 se terminó procesando a Silveira, Vázquez y Ramas como autores responsables de 28 delitos de homicidio muy especialmente agravados en reiteración real, con penas de 25 años de penitenciaría, mientras que a Maurente, Medina y Sande Lima por los mismos delitos se los condenó a 20 años de penitenciaría. Los otros dos procesados originalmente, José Gavazzo y Ricardo Arab, fueron condenados en la causa 98-247/2006 cuya sentencia se dictó el mismo día y también recibieron penas de 25 años de penitenciaría.
Causa que condenó a represores por su participación en la secuestro, torturas, asesinato y desaparición de 28 ciudadanas y ciudadanos uruguayos en Argentina en 1976, en el marco de la coordinación conocida como Plan Cóndor. En el año 2006 se procesó a los represores Ernesto Ramas, Jorge Silveira, José Gavazzo, Ricardo Medina, José Arab, Luis Maurente, José Sande Lima y Gilberto Váquez, con prisión preventiva por un delito de privación de libertad con un delito de asociación para delinquir. Si bien en la indagatoria se mencionaban mas víctimas, la única considerada en esta instancia fue Adalberto Waldemar Soba Fernández, ya que era el único caso excluido de la Ley de Caducidad de los mencionados.
En el año 2009 se terminó procesando a Silveira, Vázquez y Ramas como autores responsables de 28 delitos de homicidio muy especialmente agravados en reiteración real, con penas de 25 años de penitenciaría, mientras que a Maurente, Medina y Sande Lima por los mismos delitos se los condenó a 20 años de penitenciaría. Los otros dos procesados originalmente, José Gavazzo y Ricardo Arab, fueron condenados en la causa 98-247/2006 cuya sentencia se dictó el mismo día y también recibieron penas de 25 años de penitenciaría.
ALVAREZ ARMELLINO Gregorio Conrado. Treinta y siete delitos de homicidio muy especialmente agravados en reiteración real. LARCEBEAU AGUIRREGARAY Juan Carlos. Veintinueve delitos de homicidio muy especialmente agravados en reiteración real
En el año 2007 se procesó por esta causa al ex dictador Gregorio Álvarez y al represor Juan Carlos Larcebeau, por reiterados delitos de desaparición forzada, llevados a cabo en el marco de la coordinación represiva Plan Cóndor. Dos años mas tarde, se condenó a Álvarez como autor de treinta y siete delitos de homicidio muy especialmente agravados y a Larcebeau como autor de veintinueve delitos de homicidio muy especialmente agravados. Las penas a cumplir fueron de veinticinco y veinte años de penitenciaría respectivamente.
En el año 2007 se procesó por esta causa al ex dictador Gregorio Álvarez y al represor Juan Carlos Larcebeau, por reiterados delitos de desaparición forzada, llevados a cabo en el marco de la coordinación represiva Plan Cóndor. Dos años mas tarde, se condenó a Álvarez como autor de treinta y siete delitos de homicidio muy especialmente agravados y a Larcebeau como autor de veintinueve delitos de homicidio muy especialmente agravados. Las penas a cumplir fueron de veinticinco y veinte años de penitenciaría respectivamente.
GAVAZZO PEREYRA José Nino; ARAB FERNANDEZ José Ricardo; un delito de privación de libertad
En esta causa judicial se condenó a los represores José Nino Gavazzo y Ricardo Arab como autores responsables de 28 delitos de homicidio muy especialmente agravados, a la pena de 25 años de penitenciaría por su participación en la secuestro, torturas, asesinato y desaparición de ciudadanas y ciudadanos uruguayos en Argentina en 1976, en el marco de la coordinación conocida como Plan Cóndor.
El procesamiento de Gavazzo y Arab había tenido lugar en la causa 2-43332/2005 en la cual también habían sido procesados Ernesto Ramas, Jorge Silveira, Ricardo Medina, Luis Maurente, José Sande Lima y Gilberto Váquez. Estos últimos fueron condenados en dicha causa a penas de entre 20 y 25 años de penitenciaría. Por su parte, Gavazzo y Arab recibieron penas de 25 años de penitenciaría.
Freitas Martínez, Pedro Walter. Bardecio Marzoa, Nelson. Co autores responsables de un delito de Homicidio muy especialmente agravado
En esta causa se condenó a los represores Pedro Freitas y Nelson Bardecio como co-autores del homicidio muy especialmente agravado del estudiante Héctor Castagnetto Da Rosa, a cumplir penas de 15 años y 6 meses de penitenciaria.
En esta causa se condenó a los represores Pedro Freitas y Nelson Bardecio como co-autores del homicidio muy especialmente agravado del estudiante Héctor Castagnetto Da Rosa, a cumplir penas de 15 años y 6 meses de penitenciaria.
BORDABERRY AROCENA Juan María - Diez delitos de homicidio muy especialmente agravados en reiteración real a título de coautor
En esta causa, se procesó el 20/12/2006 al ex dictador Juan María Bordaberry por 10 delitos de homicidio. Cuatro años mas tarde se dictó la condena definitiva, imputándosele los delitos de atentado a la Constitución con 9 crímenes de desaparición forzada y 2 homicidios políticos, condenándolo a 30 años de prisión.
Gomez., J. C. y otro: Homicidio muy especialmente agravado.
En el año 2010 se decretó el procesamiento y prisión de Juan Carlos Gómez y José Nino Gavazzo como autor y coautor del delito de homicidio muy especialmente agravado de Roberto Gomensoro Josman. No obstante, con fecha 24/12/2013 se dispuso el sobreseimiento y la clausura del proceso respecto de los dos imputados, acogiendo de ese modo la solicitud realizada por el Fiscal Letrado Departamental.
INZAURRALDE MELGAR Edison; SANTANA SCOTTO Nelson Rodolfo, su desaparición
Por esta causa, que refiere a las desapariciones forzadas de Edison Inzaurralde y Nelson Santana fue procesado con prisión el Coronel (r) Carlos Calcagno Gorlero. Al fallecer en el año 2013 la causa fue archivada.
Por esta causa, que refiere a las desapariciones forzadas de Edison Inzaurralde y Nelson Santana fue procesado con prisión el Coronel (r) Carlos Calcagno Gorlero. Al fallecer en el año 2013 la causa fue archivada.
RIBERO UGARTEMENDIA Enrique; ARAUJO UMPIERREZ José Uruguay; Homicidio político, autor y co autor respectivamente.
Se condenó a Enrique Ribero Ugartemendia y a José Uruguay Araújo Umpiérrez a 19 y 17 años de penitanciaría respectivamente como coautores de homicidio político agravado como crimen de lesa humanidad de Ubagesner Chaves Sosa. Los hechos ocurrieron el el centro clandestino de detención y tortura de la ex base Aérea de Boiso Lanza en 1976 y el cuerpo de Chaves Sosa se ubicó en 2005 en la llamada Chacra de Pando (Canelones).
Se condenó a Enrique Ribero Ugartemendia y a José Uruguay Araújo Umpiérrez a 19 y 17 años de penitanciaría respectivamente como coautores de homicidio político agravado como crimen de lesa humanidad de Ubagesner Chaves Sosa. Los hechos ocurrieron el el centro clandestino de detención y tortura de la ex base Aérea de Boiso Lanza en 1976 y el cuerpo de Chaves Sosa se ubicó en 2005 en la llamada Chacra de Pando (Canelones).
SABALSAGARY Nibia, su muerte
En esta causa judicial referida al asesinato de Nibia Sabalsagaray fueron procesados en el año 2010 los represores Miguel Dalmao y José Chialanza como coautores de homicidio especialmente agravado. La defensa de Chialanza presentó un recurso ante la Suprema Corte de Justicia de inconstitucionalidad, por lo que la sentencia de condena, emitida en el año 2013, solo se dictó para Miguel Dalmao, encontrándolo culpable de un delito de homicidio muy especialmente agravado y condenándolo a 28 años de penitenciaria. Chialanza falleció al año siguiente.
En esta causa judicial referida al asesinato de Nibia Sabalsagaray fueron procesados en el año 2010 los represores Miguel Dalmao y José Chialanza como coautores de homicidio especialmente agravado. La defensa de Chialanza presentó un recurso ante la Suprema Corte de Justicia de inconstitucionalidad, por lo que la sentencia de condena, emitida en el año 2013, solo se dictó para Miguel Dalmao, encontrándolo culpable de un delito de homicidio muy especialmente agravado y condenándolo a 28 años de penitenciaria. Chialanza falleció al año siguiente.
SOCA PRADO, Ernesto
El 11/09/2006 se procesó a Ernesto Soca Prado con prisión y posteriormente se lo condenó por 28 delitos de homicidio muy especialmente agravados a 15 años de penitenciería. Los crímenes se cometieron en Argentina y Uruguay en el marco de la coordinación represiva del Plan Cóndor.
Caso Gelmán vs. Uruguay [CIDH]
En mayo de 2006 se llevó a cabo la petición inicial ante la CIDH en relación a los delitos de desaparición forzada de María Claudia García de Gelman, la apropiación de identidad de María Macarena Gelman García y la denegación de justicia a Juan Gelmán, Macarena y otros familiares y la impunidad existente a causa de la aplicación de la Ley de Caducidad en Uruguay.
El 9 de marzo de 2007 la Comisión adoptó el Informe de Admisibilidad en el cual declaró la admisibilidad del caso y el 21 de enero de 2010 la CIDH finalmente presentó la demanda contra Uruguay.
El 24 de febrero de 2011 se emite la sentencia condenatoria al Estado Uruguayo en la que se detallan las recomendaciones y reparaciones dictadas por La Corte.
MICHELINI Zelmar; GUTIERREZ RUIZ Héctor; WHITELAW William; BARREDO Rosario, su muerte
Por esta causa se procesó el 16/11/2006 al ex canciller de la dictadura Juan Carlos Blanco y al dictador Juan María Bordaberry como coautores de los homicidios muy especialmente agravados de Zelmar Michelini, Héctor Gutiérrez Ruiz, William Whitelaw y Rosario Barredo, ocurridos en Buenos Aires (Argentina) en mayo de 1976, en el marco de la coordinación represiva Plan Cóndor. En el año 2011, fueron condenados a cumplir una pena de 30 años de penitenciaría por estos delitos.
Horacio Ramos, su muerte
La causa refiere al asesinato de Horacio Ramos, por la cual se procesó a los represores Walter Gulla como coautor de homicidio muy especialmente agravado y a Enrique Ribero por encubrimiento en el año 2011. Al año siguiente, el Tribunal de Apelaciones de 4to Turno revocó el procesamiento.
La causa refiere al asesinato de Horacio Ramos, por la cual se procesó a los represores Walter Gulla como coautor de homicidio muy especialmente agravado y a Enrique Ribero por encubrimiento en el año 2011. Al año siguiente, el Tribunal de Apelaciones de 4to Turno revocó el procesamiento.
GAVAZZO, Jose y otros - Homicidio muy especialmente agravado de MARIA CLAUDIA GARCÍA IRURETA GOYENA DE GELMAN.
Por la resolución No. 2278 procesó a Arab, Vázquez, Silveira, Medina y Gavazzo por homicidio muy especialmente agravado de María Claudia García Irureta Goyena de Gelman. En el año 2017 se dictó sentencia de condena a 30 años de penitenciaria a estos represores por dicho delito. Un tribunal de apelaciones confirmó en el año 2018 la sentencia de condena.
Por la resolución No. 2278 procesó a Arab, Vázquez, Silveira, Medina y Gavazzo por homicidio muy especialmente agravado de María Claudia García Irureta Goyena de Gelman. En el año 2017 se dictó sentencia de condena a 30 años de penitenciaria a estos represores por dicho delito. Un tribunal de apelaciones confirmó en el año 2018 la sentencia de condena.
Por la resolución No. 2278 procesó a Arab, Vázquez, Silveira, Medina y Gavazzo por homicidio muy especialmente agravado de María Claudia García Irureta Goyena de Gelman. En el año 2017 se dictó sentencia de condena a 30 años de penitenciaria a estos represores por dicho delito. Un tribunal de apelaciones confirmó en el año 2018 la sentencia de condena.
ALTER Gerardo, su muerte
En esta causa, referida al asesinato de Gerardo Alter, se procesó a Arturo Aguirre Percel y Alberto Gómez Graña como co-autores de un homicidio muy especialmente agravado en el año 2011. El 16 de setiembre de 2016, se libró sentencia definitiva contra Aguirre, condenándolo a cumplir 21 años de penitenciaría por ese delito. Gómez por su parte, había fallecido en el año 2013.
El 21/10/21 se procesó con prisión al represor Amando Méndez Cabán por un delito de homicidio muy especialmente agravado. El 5/12/2022 se lo condenó, por esta misma causa, por los delitos de secuestro, torturas y homicidio a 24 meses de prisión.
En esta causa, referida al asesinato de Gerardo Alter, se procesó a Arturo Aguirre Percel y Alberto Gómez Graña como co-autores de un homicidio muy especialmente agravado en el año 2011. El 16 de setiembre de 2016, se libró sentencia definitiva contra Aguirre, condenándolo a cumplir 21 años de penitenciaría por ese delito. Gómez por su parte, había fallecido en el año 2013.
El 21/10/21 se procesó con prisión al represor Amando Méndez Cabán por un delito de homicidio muy especialmente agravado. El 5/12/2022 se lo condenó, por esta misma causa, por los delitos de secuestro, torturas y homicidio a 24 meses de prisión.
En esta causa, referida al asesinato de Gerardo Alter, se procesó a Arturo Aguirre Percel y Alberto Gómez Graña como co-autores de un homicidio muy especialmente agravado en el año 2011. El 16 de setiembre de 2016, se libró sentencia definitiva contra Aguirre, condenándolo a cumplir 21 años de penitenciaría por ese delito. Gómez por su parte, había fallecido en el año 2013.
El 21/10/21 se procesó con prisión al represor Amando Méndez Cabán por un delito de homicidio muy especialmente agravado. El 5/12/2022 se lo condenó, por esta misma causa, por los delitos de secuestro, torturas y homicidio a 24 meses de prisión.
En esta causa, referida al asesinato de Gerardo Alter, se procesó a Arturo Aguirre Percel y Alberto Gómez Graña como co-autores de un homicidio muy especialmente agravado en el año 2011. El 16 de setiembre de 2016, se libró sentencia definitiva contra Aguirre, condenándolo a cumplir 21 años de penitenciaría por ese delito. Gómez por su parte, había fallecido en el año 2013.
El 21/10/21 se procesó con prisión al represor Amando Méndez Cabán por un delito de homicidio muy especialmente agravado. El 5/12/2022 se lo condenó, por esta misma causa, por los delitos de secuestro, torturas y homicidio a 24 meses de prisión.
CASTRO URES, Julio, Denuncia
En la causa judicial sobre la desaparición forzada del maestro Julio Castro, fue procesado Juan Ricardo Zabala Quintero en el año 2012. A partir de una apelación el Tribunal de Apelaciones de 4to Turno revocó el procesamiento de Zabala y procesó en esa ocasión a José Nino Gavazzo. En el año 2020 Gavazzo fue condenado a 25 años de penitenciaria como co autor del homicidio muy especialmente agravado de Julio Castro.
En la causa judicial sobre la desaparición forzada del maestro Julio Castro, fue procesado Juan Ricardo Zabala Quintero en el año 2012. A partir de una apelación el Tribunal de Apelaciones de 4to Turno revocó el procesamiento de Zabala y procesó en esa ocasión a José Nino Gavazzo. En el año 2020 Gavazzo fue condenado a 25 años de penitenciaria como co autor del homicidio muy especialmente agravado de Julio Castro.
En la causa judicial sobre la desaparición forzada del maestro Julio Castro, fue procesado Juan Ricardo Zabala Quintero en el año 2012. A partir de una apelación el Tribunal de Apelaciones de 4to Turno revocó el procesamiento de Zabala y procesó en esa ocasión a José Nino Gavazzo. En el año 2020 Gavazzo fue condenado a 25 años de penitenciaria como co autor del homicidio muy especialmente agravado de Julio Castro.
En la causa judicial sobre la desaparición forzada del maestro Julio Castro, fue procesado Juan Ricardo Zabala Quintero en el año 2012. A partir de una apelación el Tribunal de Apelaciones de 4to Turno revocó el procesamiento de Zabala y procesó en esa ocasión a José Nino Gavazzo. En el año 2020 Gavazzo fue condenado a 25 años de penitenciaria como co autor del homicidio muy especialmente agravado de Julio Castro.
ÁLVAREZ ARMELINO, Gregorio Conrado. Homicidio muy especialmente agravado
Esta causa refiere a la muerte de Luis Roberto Luzardo por omisión de asistencia en la Sala 8 del Hospital Militar, por la cual se procesó al ex dictador Gregorio Álvarez por homicidio muy especialmente agravado el 24/04/2011. Al año siguiente, el procesamiento fue revocado y la causa archivada.
MACHADO BADARACCO Tranquilino; un delito de homicidio
Con fecha 06/06/2011 se dictó el procesamiento con prisión del represor Tranquilino Machado Badaracco por el homicidio del estudiante Ramón Roberto Peré Bardier. Dos años mas tarde se lo condenó a 4 años de prisión por ese delito. La condena por esta causa judicial fue cumplida.
PERRINI Aldo, su muerte
En esta causa judicial, que refiere al homicidio político de Aldo Perrini, se procesó a los represores Pedro Ramón Barneix Mattiuda y José Tomás Puigvert Balerio. La víctima murió por las torturas recibidas en el Batallón de Ingenieros Nº 4 del Departamento de Colonia. Barneix se suicidó al enterarse de dicho procesamiento. La causa judicial continuó, y finalmente Puigvert fue condenado como coautor de homicidio político a 22 años de penitenciaría en el año 2019. En junio de 2020 el Tribunal de Apelaciones confirmó su condena.
Ante un recurso de casación interpuesto por la defensa de Puigvert, el 17 de junio de 2021 la Suprema Corte de Justicia ratificó el fallo de la Sentencia de Condena, por el asesinato político bajo torturas de Aldo Perrini Guala.
En esta causa judicial, que refiere al homicidio político de Aldo Perrini, se procesó a los represores Pedro Ramón Barneix Mattiuda y José Tomás Puigvert Balerio. La víctima murió por las torturas recibidas en el Batallón de Ingenieros Nº 4 del Departamento de Colonia. Barneix se suicidó al enterarse de dicho procesamiento. La causa judicial continuó, y finalmente Puigvert fue condenado como coautor de homicidio político a 22 años de penitenciaría en el año 2019. En junio de 2020 el Tribunal de Apelaciones confirmó su condena.
Ante un recurso de casación interpuesto por la defensa de Puigvert, el 17 de junio de 2021 la Suprema Corte de Justicia ratificó el fallo de la Sentencia de Condena, por el asesinato político bajo torturas de Aldo Perrini Guala.
En esta causa judicial, que refiere al homicidio político de Aldo Perrini, se procesó a los represores Pedro Ramón Barneix Mattiuda y José Tomás Puigvert Balerio. La víctima murió por las torturas recibidas en el Batallón de Ingenieros Nº 4 del Departamento de Colonia. Barneix se suicidó al enterarse de dicho procesamiento. La causa judicial continuó, y finalmente Puigvert fue condenado como coautor de homicidio político a 22 años de penitenciaría en el año 2019. En junio de 2020 el Tribunal de Apelaciones confirmó su condena.
Ante un recurso de casación interpuesto por la defensa de Puigvert, el 17 de junio de 2021 la Suprema Corte de Justicia ratificó el fallo de la Sentencia de Condena, por el asesinato político bajo torturas de Aldo Perrini Guala.
ARZUAGA Lucía y otras, denuncia
El 28 de octubre de 2011, 28 ex presas políticas presentaron una denuncia colectiva por torturas y violencia sexual durante la dictadura. La denuncia penal menciona a más de 100 agresores, la mayoría militares aunque también hay médicos, psicólogos y policías.
En el marco de esta causa, se procesó en el año 2015 a Héctor Amodio Pérez. Dicho procesamiento fue revocado al año siguiente.
Por esta causa, también fue procesado, en el año 2016, a Asencio Lucero aunque la imputación fue por delitos de privación de libertad y no por abuso sexual. Lucero murió ese mismo año en el Hospital Militar.
La causa se comenzó a reactivar a partir de la creación de la Fiscalía Especializada en delitos de lesa humanidad, en el año 2018.
Exceptuando los dos procesamientos, uno de los cuales fue revocado, la causa no habia tenido prácticamente avances significativos en sus casi 10 años en la justicia. Eso motivo que el pasado 18 de marzo de 2021 se realizó la presentación de la falta de acceso a la justicia en una audiencia pública ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
El 19 de marzo de 2021 se procesó con prisión a los represores Antranig Ohannessian y Jorge Silveira (este ya en prisión con anteriores condenas por delitos de lesa humanidad) por múltiples delitos de privación de libertad, lesiones graves y atentado violento al pudor. La condena a estos dos represores fue emitida el 22 de marzo de 2022, decretándose la pena de ocho años y seis meses de penitenciaría con descuento de la preventiva cumplida a Ohannessian y doce años y seis meses de penitenciaría con descuento de la preventiva cumplida a Silveira.
El 20 de diciembre de ese año, fueron procesados Omar Raúl Lacasa Antelo y Ramón Tuccelli Rodríguez por torturas y abusos sexuales contra detenidas.
El 28 de octubre de 2011, 28 ex presas políticas presentaron una denuncia colectiva por torturas y violencia sexual durante la dictadura. La denuncia penal menciona a más de 100 agresores, la mayoría militares aunque también hay médicos, psicólogos y policías.
En el marco de esta causa, se procesó en el año 2015 a Héctor Amodio Pérez. Dicho procesamiento fue revocado al año siguiente.
Por esta causa, también fue procesado, en el año 2016, a Asencio Lucero aunque la imputación fue por delitos de privación de libertad y no por abuso sexual. Lucero murió ese mismo año en el Hospital Militar.
La causa se comenzó a reactivar a partir de la creación de la Fiscalía Especializada en delitos de lesa humanidad, en el año 2018.
Exceptuando los dos procesamientos, uno de los cuales fue revocado, la causa no habia tenido prácticamente avances significativos en sus casi 10 años en la justicia. Eso motivo que el pasado 18 de marzo de 2021 se realizó la presentación de la falta de acceso a la justicia en una audiencia pública ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
El 19 de marzo de 2021 se procesó con prisión a los represores Antranig Ohannessian y Jorge Silveira (este ya en prisión con anteriores condenas por delitos de lesa humanidad) por múltiples delitos de privación de libertad, lesiones graves y atentado violento al pudor. La condena a estos dos represores fue emitida el 22 de marzo de 2022, decretándose la pena de ocho años y seis meses de penitenciaría con descuento de la preventiva cumplida a Ohannessian y doce años y seis meses de penitenciaría con descuento de la preventiva cumplida a Silveira.
El 20 de diciembre de ese año, fueron procesados Omar Raúl Lacasa Antelo y Ramón Tuccelli Rodríguez por torturas y abusos sexuales contra detenidas.
El 28 de octubre de 2011, 28 ex presas políticas presentaron una denuncia colectiva por torturas y violencia sexual durante la dictadura. La denuncia penal menciona a más de 100 agresores, la mayoría militares aunque también hay médicos, psicólogos y policías.
En el marco de esta causa, se procesó en el año 2015 a Héctor Amodio Pérez. Dicho procesamiento fue revocado al año siguiente.
Por esta causa, también fue procesado, en el año 2016, a Asencio Lucero aunque la imputación fue por delitos de privación de libertad y no por abuso sexual. Lucero murió ese mismo año en el Hospital Militar.
La causa se comenzó a reactivar a partir de la creación de la Fiscalía Especializada en delitos de lesa humanidad, en el año 2018.
Exceptuando los dos procesamientos, uno de los cuales fue revocado, la causa no habia tenido prácticamente avances significativos en sus casi 10 años en la justicia. Eso motivo que el pasado 18 de marzo de 2021 se realizó la presentación de la falta de acceso a la justicia en una audiencia pública ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
El 19 de marzo de 2021 se procesó con prisión a los represores Antranig Ohannessian y Jorge Silveira (este ya en prisión con anteriores condenas por delitos de lesa humanidad) por múltiples delitos de privación de libertad, lesiones graves y atentado violento al pudor. La condena a estos dos represores fue emitida el 22 de marzo de 2022, decretándose la pena de ocho años y seis meses de penitenciaría con descuento de la preventiva cumplida a Ohannessian y doce años y seis meses de penitenciaría con descuento de la preventiva cumplida a Silveira.
El 20 de diciembre de ese año, fueron procesados Omar Raúl Lacasa Antelo y Ramón Tuccelli Rodríguez por torturas y abusos sexuales contra detenidas.
El 28 de octubre de 2011, 28 ex presas políticas presentaron una denuncia colectiva por torturas y violencia sexual durante la dictadura. La denuncia penal menciona a más de 100 agresores, la mayoría militares aunque también hay médicos, psicólogos y policías.
En el marco de esta causa, se procesó en el año 2015 a Héctor Amodio Pérez. Dicho procesamiento fue revocado al año siguiente.
Por esta causa, también fue procesado, en el año 2016, a Asencio Lucero aunque la imputación fue por delitos de privación de libertad y no por abuso sexual. Lucero murió ese mismo año en el Hospital Militar.
La causa se comenzó a reactivar a partir de la creación de la Fiscalía Especializada en delitos de lesa humanidad, en el año 2018.
Exceptuando los dos procesamientos, uno de los cuales fue revocado, la causa no habia tenido prácticamente avances significativos en sus casi 10 años en la justicia. Eso motivo que el pasado 18 de marzo de 2021 se realizó la presentación de la falta de acceso a la justicia en una audiencia pública ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
El 19 de marzo de 2021 se procesó con prisión a los represores Antranig Ohannessian y Jorge Silveira (este ya en prisión con anteriores condenas por delitos de lesa humanidad) por múltiples delitos de privación de libertad, lesiones graves y atentado violento al pudor. La condena a estos dos represores fue emitida el 22 de marzo de 2022, decretándose la pena de ocho años y seis meses de penitenciaría con descuento de la preventiva cumplida a Ohannessian y doce años y seis meses de penitenciaría con descuento de la preventiva cumplida a Silveira.
El 20 de diciembre de ese año, fueron procesados Omar Raúl Lacasa Antelo y Ramón Tuccelli Rodríguez por torturas y abusos sexuales contra detenidas.
El 28 de octubre de 2011, 28 ex presas políticas presentaron una denuncia colectiva por torturas y violencia sexual durante la dictadura. La denuncia penal menciona a más de 100 agresores, la mayoría militares aunque también hay médicos, psicólogos y policías.
En el marco de esta causa, se procesó en el año 2015 a Héctor Amodio Pérez. Dicho procesamiento fue revocado al año siguiente.
Por esta causa, también fue procesado, en el año 2016, a Asencio Lucero aunque la imputación fue por delitos de privación de libertad y no por abuso sexual. Lucero murió ese mismo año en el Hospital Militar.
La causa se comenzó a reactivar a partir de la creación de la Fiscalía Especializada en delitos de lesa humanidad, en el año 2018.
Exceptuando los dos procesamientos, uno de los cuales fue revocado, la causa no habia tenido prácticamente avances significativos en sus casi 10 años en la justicia. Eso motivo que el pasado 18 de marzo de 2021 se realizó la presentación de la falta de acceso a la justicia en una audiencia pública ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
El 19 de marzo de 2021 se procesó con prisión a los represores Antranig Ohannessian y Jorge Silveira (este ya en prisión con anteriores condenas por delitos de lesa humanidad) por múltiples delitos de privación de libertad, lesiones graves y atentado violento al pudor. La condena a estos dos represores fue emitida el 22 de marzo de 2022, decretándose la pena de ocho años y seis meses de penitenciaría con descuento de la preventiva cumplida a Ohannessian y doce años y seis meses de penitenciaría con descuento de la preventiva cumplida a Silveira.
El 20 de diciembre de ese año, fueron procesados Omar Raúl Lacasa Antelo y Ramón Tuccelli Rodríguez por torturas y abusos sexuales contra detenidas.
Juicio Plan Cóndor [Argentina]
El juicio se desarrolló a partir de dos causas que llegaron a juicio por separado, conocidas como Operación Cóndor y Automotores Orletti. En conjunto, totalizan los casos de 174 víctimas con nacionalidad de la mayoría de los países que integraron la Operación Cóndor, de las cuales 45 eran uruguayos. La sentencia fue dada a conocer el 27 de mayo de 2016 y entre otros represores, se condenó a Manuel Cordero a 25 años de prisión por ser partícipe necesario y penalmente responsable del delito de privación ilegítima de la Libertad, en perjuicio de Washington Cram, Alberto Mechoso, León Duarte, Ruben Prieto, Ari Cabrera, Adalberto Soba, José Méndez, Francisco Candia, María Islas Gatti de Zaffaroni, Jorge Zaffaroni y María Claudia García Irureta Goyena de Gelman.
Hector Amodio Perez, Reiterados delitos de privación de libertad especialmente agravados en régimen de reiteración real
Por esta causa se procesó a Héctor Amodio Pérez por reiterados delitos de privación de libertad especialmente agravados en el año 2015. Al año siguiente fue revocado el procesamiento y la causa fue archivada.
Alvarez Nieto, Rodolfo Gregorio un delito de abuso de autoridad contra los detenidos
Se proceso en 2017 con prisión a Rodolfo Gregorio Álvarez Nieto por un crimen de tortura en concurso formal con un delito de Abuso de autoridad contra los detenidos. En junio de 2019 se condenó al represor por tres delitos de encubrimiento con tres delitos de privación de libertad en calidad de co autor, a 6 años de penitenciaría. Los crímenes ocurrieron en el centro clandestino de detención y tortura de La Tablada (Montevideo), operado por el Organismo Coordinador de Operaciones Antisubversivas (OCOA). El 2 de setiembre de 2020 el Tribunal de Apelaciones (TAP) ratifica la sentencia condenatoria.
Se proceso en 2017 con prisión a Rodolfo Gregorio Álvarez Nieto por un crimen de tortura en concurso formal con un delito de Abuso de autoridad contra los detenidos. En junio de 2019 se condenó al represor por tres delitos de encubrimiento con tres delitos de privación de libertad en calidad de co autor, a 6 años de penitenciaría. Los crímenes ocurrieron en el centro clandestino de detención y tortura de La Tablada (Montevideo), operado por el Organismo Coordinador de Operaciones Antisubversivas (OCOA). El 2 de setiembre de 2020 el Tribunal de Apelaciones (TAP) ratifica la sentencia condenatoria.
Se proceso en 2017 con prisión a Rodolfo Gregorio Álvarez Nieto por un crimen de tortura en concurso formal con un delito de Abuso de autoridad contra los detenidos. En junio de 2019 se condenó al represor por tres delitos de encubrimiento con tres delitos de privación de libertad en calidad de co autor, a 6 años de penitenciaría. Los crímenes ocurrieron en el centro clandestino de detención y tortura de La Tablada (Montevideo), operado por el Organismo Coordinador de Operaciones Antisubversivas (OCOA). El 2 de setiembre de 2020 el Tribunal de Apelaciones (TAP) ratifica la sentencia condenatoria.
G. P., L. y otros. Sus Denuncias
Por esta causa se procesó el 18/02/2019 a los represores Plácido Gregorio Amorin Eraso, y Artigas Walter Rivera Bianchi por la comisión prima facie de un delito continuado de abuso de autoridad contra los detenidos. Por los mismos delitos, el 04/08/2020 fue procesado el militar Víctor Stocco. Las personas que los denunciaron refieren a las torturas a las que fueron sometidas en el Batallón de Ingenieros Nº 4 de Laguna del Sauce (Departamento de Maldonado). La mayoría de los denunciantes eran en el momento de ocurridos los crímenes, estudiantes de entre 18 y 20 años de edad que integraban grupos que se dedicaban a realizar propaganda contra la dictadura mediante pintadas en muros, volantes, etc.
Por esta misma causa, se acusó al médico de esa unidad militar, el Dr. José Luis Braga Rosado, quien colaboraba con las torturas a los detenidos. En el año 2020 un juez considerara que no había mérito para procesar a Braga y que la causa en su contra se archivara. Ese mismo año se pidió el desarchivo de la misma, y el 23 de agosto de 2023 se logró el procesamiento de este médico.
Por esta causa se procesó el 18/02/2019 a los represores Plácido Gregorio Amorin Eraso, y Artigas Walter Rivera Bianchi por la comisión prima facie de un delito continuado de abuso de autoridad contra los detenidos. Por los mismos delitos, el 04/08/2020 fue procesado el militar Víctor Stocco. Las personas que los denunciaron refieren a las torturas a las que fueron sometidas en el Batallón de Ingenieros Nº 4 de Laguna del Sauce (Departamento de Maldonado). La mayoría de los denunciantes eran en el momento de ocurridos los crímenes, estudiantes de entre 18 y 20 años de edad que integraban grupos que se dedicaban a realizar propaganda contra la dictadura mediante pintadas en muros, volantes, etc.
Por esta misma causa, se acusó al médico de esa unidad militar, el Dr. José Luis Braga Rosado, quien colaboraba con las torturas a los detenidos. En el año 2020 un juez considerara que no había mérito para procesar a Braga y que la causa en su contra se archivara. Ese mismo año se pidió el desarchivo de la misma, y el 23 de agosto de 2023 se logró el procesamiento de este médico.
Por esta causa se procesó el 18/02/2019 a los represores Plácido Gregorio Amorin Eraso, y Artigas Walter Rivera Bianchi por la comisión prima facie de un delito continuado de abuso de autoridad contra los detenidos. Por los mismos delitos, el 04/08/2020 fue procesado el militar Víctor Stocco. Las personas que los denunciaron refieren a las torturas a las que fueron sometidas en el Batallón de Ingenieros Nº 4 de Laguna del Sauce (Departamento de Maldonado). La mayoría de los denunciantes eran en el momento de ocurridos los crímenes, estudiantes de entre 18 y 20 años de edad que integraban grupos que se dedicaban a realizar propaganda contra la dictadura mediante pintadas en muros, volantes, etc.
Por esta misma causa, se acusó al médico de esa unidad militar, el Dr. José Luis Braga Rosado, quien colaboraba con las torturas a los detenidos. En el año 2020 un juez considerara que no había mérito para procesar a Braga y que la causa en su contra se archivara. Ese mismo año se pidió el desarchivo de la misma, y el 23 de agosto de 2023 se logró el procesamiento de este médico.
Juicio de Roma, Plan Cóndor. 'ARCE GOMEZ, Luis ed altri 32' [Italia]
El Juicio de Roma al Plan Cóndor, es una mega causa, por la cual se condenó a civiles y militares de Bolivia, Chile, Perú y Uruguay a cadena perpetua por el asesinato y desaparición de ciudadanos italianos en el marco del Plan Cóndor. Los uruguayos condenados fueron Pedro Mato Narbondo, José Nino Gavazzo, Ricardo Arab, Ricardo Medina, Luis Maurente, José Sande Lima, Ernesto Soca, Ernesto Ramas, Jorge Silveira, Gilberto Vázquez, Juan Carlos Blanco, Juan Carlos Larcebeau y Jorge Tróccoli. Exceptuando a este último, el resto ya había sido condenado en Uruguay por causas de lesa humanidad.
El 9 de julio de 2021 la Suprema Corte de Justicia de Italia, ratificó las condenas. El represor Jorge Tróccoli que se encontraba prófugo de la justicia uruguaya desde 2007 y residiendo en Italia, fue conducido a cumplir con prisión efectiva su condena el 10 de julio.
VITALE ANTONACCI, WISTHÓN y otros
Se decretó la prisión preventiva contra Hugo Orestes Guillén, Wisthón Mario Vítale y Alejandro Ariel Ferreira por el término de 120 días en el marco de la acusación por torturas en los centros clandestinos de detención y tortura Los Vagones de la ciudad de Canelones.
Habiendo fallecidos los procesados Guillén y Vitale, entre diciembre y febrero de 2022 se llevaron adelante las audiencias del juicio oral y público contra Ferreira. Este último fue condenado por torturas en los Vagones y sentenciado a nueve años de prisión, el 6 de marzo de 2023.
Se decretó la prisión preventiva contra Hugo Orestes Guillén, Wisthón Mario Vítale y Alejandro Ariel Ferreira por el término de 120 días en el marco de la acusación por torturas en los centros clandestinos de detención y tortura Los Vagones de la ciudad de Canelones.
Habiendo fallecidos los procesados Guillén y Vitale, entre diciembre y febrero de 2022 se llevaron adelante las audiencias del juicio oral y público contra Ferreira. Este último fue condenado por torturas en los Vagones y sentenciado a nueve años de prisión, el 6 de marzo de 2023.
MORALES Iván, su muerte
Se decretó el procesamiento con prisión de Lawrie Rodríguez Freire bajo la imputación prima facie de un delito de homicidio muy especialmente agravado en calidad de co autor. La víctima Iván Morales Generalli, de 24 años de edad era militante de izquierda y es asesinado por las torturas recibidas en el Regimiento de Caballería N° 6. El procesamiento fue emitido el 26/03/2020, el cual fue apelado y recibió la confirmación de parte de un Tribunal de Apelaciones el 11/09/2020. Finalmente, la condena fue emitida el 31/03/2022.
Se decretó el procesamiento con prisión de Lawrie Rodríguez Freire bajo la imputación prima facie de un delito de homicidio muy especialmente agravado en calidad de co autor. La víctima Iván Morales Generalli, de 24 años de edad era militante de izquierda y es asesinado por las torturas recibidas en el Regimiento de Caballería N° 6. El procesamiento fue emitido el 26/03/2020, el cual fue apelado y recibió la confirmación de parte de un Tribunal de Apelaciones el 11/09/2020. Finalmente, la condena fue emitida el 31/03/2022.
Se decretó el procesamiento con prisión de Lawrie Rodríguez Freire bajo la imputación prima facie de un delito de homicidio muy especialmente agravado en calidad de co autor. La víctima Iván Morales Generalli, de 24 años de edad era militante de izquierda y es asesinado por las torturas recibidas en el Regimiento de Caballería N° 6. El procesamiento fue emitido el 26/03/2020, el cual fue apelado y recibió la confirmación de parte de un Tribunal de Apelaciones el 11/09/2020. Finalmente, la condena fue emitida el 31/03/2022.
CAMPAL GARAY. María Laura, su denuncia.
Se procesó a los represores José María Cabrera Rivas y Andrés Daniel Quintana García, bajo la imputación "prima facie" de un de delito continuado de abuso de autoridad contra los detenidos. La víctima y denunciante declaró haber sido victima de torturas en el Batallón de Ingenieros Nº 2 del Departamento de Florida. A pesar de la gravedad de las acusaciones y de ser delitos de lesa humanidad se decretó el procesamiento sin prisión.
Mediante apelación la Fiscalía Especializada en delitos de lesa humanidad, solicitó la prisión efectiva de los ambos criminales que fue concedida en abril de 2021 por el Tribunal de Apelaciones.
Vidal Antúnez, Leonardo. Un delito de homicidio
Por esta causa judicial, se procesó y condenó al represor Leonardo Vidal Antúnez por el homicidio del militante tupamaro Nelson Simón Berreta Hernández a cumplir una pena de 8 años de prisión efectiva con descuento de la prisión preventiva ya cumplida. La víctima fue ametrallada por la espalda en la vía pública mientras se encontraba esposado.
La denuncia de este delito fue realizada en el marco de las denuncias en comisarías de octubre de 2011.
El represor falleció en prisión el 3 de diciembre de 2021.
Por esta causa judicial, se procesó y condenó al represor Leonardo Vidal Antúnez por el homicidio del militante tupamaro Nelson Simón Berreta Hernández a cumplir una pena de 8 años de prisión efectiva con descuento de la prisión preventiva ya cumplida. La víctima fue ametrallada por la espalda en la vía pública mientras se encontraba esposado.
La denuncia de este delito fue realizada en el marco de las denuncias en comisarías de octubre de 2011.
El represor falleció en prisión el 3 de diciembre de 2021.
SOFIA ABELEIRA, Miguel Antonio, su situación
En esta causa referida a la desaparición forzada del estudiante Héctor Castagnetto, fue procesado con prisión el represor Miguel Sofía el 10 de julio de 2020 como responsable de un delito de asociación para delinquir y la coautoría de un delito de homicidio muy especialmente agravado. El 3 de marzo de 2021 el Tribunal de Apelaciones ratificó su procesamiento.
Sofía integró el grupo parapolicial conocido como "escuadrón de la muerte" y se lo consideró autor penalmente responsable de un delito de asociación para delinquir y la coautoría de un delito de Homicidio muy especialmente agravado contra Castagnetto.
El 8 de diciembre de 2022 Sofía fue condenado y en febrero de 2024 el Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 3er. Turno ratificó la condena
En esta causa referida a la desaparición forzada del estudiante Héctor Castagnetto, fue procesado con prisión el represor Miguel Sofía el 10 de julio de 2020 como responsable de un delito de asociación para delinquir y la coautoría de un delito de homicidio muy especialmente agravado. El 3 de marzo de 2021 el Tribunal de Apelaciones ratificó su procesamiento.
Sofía integró el grupo parapolicial conocido como "escuadrón de la muerte" y se lo consideró autor penalmente responsable de un delito de asociación para delinquir y la coautoría de un delito de Homicidio muy especialmente agravado contra Castagnetto.
El 8 de diciembre de 2022 Sofía fue condenado y en febrero de 2024 el Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 3er. Turno ratificó la condena
En esta causa referida a la desaparición forzada del estudiante Héctor Castagnetto, fue procesado con prisión el represor Miguel Sofía el 10 de julio de 2020 como responsable de un delito de asociación para delinquir y la coautoría de un delito de homicidio muy especialmente agravado. El 3 de marzo de 2021 el Tribunal de Apelaciones ratificó su procesamiento.
Sofía integró el grupo parapolicial conocido como "escuadrón de la muerte" y se lo consideró autor penalmente responsable de un delito de asociación para delinquir y la coautoría de un delito de Homicidio muy especialmente agravado contra Castagnetto.
El 8 de diciembre de 2022 Sofía fue condenado y en febrero de 2024 el Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 3er. Turno ratificó la condena
Gonzalo Fernández Gómez y Carina Maria Gobbi Calvo. Denuncia
Esta causa judicial refiere a torturas y abusos sexuales cometidos contra militantes, en su mayoría pertenecientes al Partido Comunista del Uruguay y la Unión de Juventudes Comunistas. Los crímenes ocurrieron en la ex Guardia Metropolitana (Magallanes y Paysandú) y por los mismos fue procesado el 13/07/2020 el policía retirado Tabaré Sartorio Guimaraens, imputandosele los delitos de privación de libertad y abuso de autoridad contra los detenidos. El 12/03/2021 fue procesado con prisión por los mismos delitos de tortura, el policía retirado Ayelmiro Pereira Silveira.
Esta causa judicial refiere a torturas y abusos sexuales cometidos contra militantes, en su mayoría pertenecientes al Partido Comunista del Uruguay y la Unión de Juventudes Comunistas. Los crímenes ocurrieron en la ex Guardia Metropolitana (Magallanes y Paysandú) y por los mismos fue procesado el 13/07/2020 el policía retirado Tabaré Sartorio Guimaraens, imputandosele los delitos de privación de libertad y abuso de autoridad contra los detenidos. El 12/03/2021 fue procesado con prisión por los mismos delitos de tortura, el policía retirado Ayelmiro Pereira Silveira.
Causa sobre la Dirección Nacional de Información e Inteligencia
Esta causa referida a torturas y abusos sexuales cometidos en dependencias de la Dirección Nacional de Información e Inteligencia tuvo su origen en la denuncia colectiva del año 2011 por parte de mas de 40 víctimas, que eran miembros de la Unión de Juventudes Comunistas en la década de 1970. A esta causa se incorporó una causa anterior 'ALSINA Gustavo y otros, denuncia', también por torturas, que había sido presentada en 1985.
Por estos delitos de lesa humanidad, en julio del 2020 se procesó con prisión a los represores Jorge Guldenzoph, ex militante de la Unión de Juventudes Comunistas que actúo como delator, torturador y abusador sexual durante la dictadura cívico-militar uruguaya y el oficial policial José Felisberto Lemos. Los delitos que se les imputaron en el procesamiento fueron de abuso de autoridad contra los detenidos y privación de libertad.
El 15 de febrero de 2024, se condenó a Guldenzoph a cumplir 10 años de cárcel por los delitos de tortura, secuestro y abuso sexual.
Esta causa referida a torturas y abusos sexuales cometidos en dependencias de la Dirección Nacional de Información e Inteligencia tuvo su origen en la denuncia colectiva del año 2011 por parte de mas de 40 víctimas, que eran miembros de la Unión de Juventudes Comunistas en la década de 1970. A esta causa se incorporó una causa anterior 'ALSINA Gustavo y otros, denuncia', también por torturas, que había sido presentada en 1985.
Por estos delitos de lesa humanidad, en julio del 2020 se procesó con prisión a los represores Jorge Guldenzoph, ex militante de la Unión de Juventudes Comunistas que actúo como delator, torturador y abusador sexual durante la dictadura cívico-militar uruguaya y el oficial policial José Felisberto Lemos. Los delitos que se les imputaron en el procesamiento fueron de abuso de autoridad contra los detenidos y privación de libertad.
El 15 de febrero de 2024, se condenó a Guldenzoph a cumplir 10 años de cárcel por los delitos de tortura, secuestro y abuso sexual.
LÓPEZ Julian Basilicio, su muerte
Esta causa judicial refiere al asesinato en torturas de Julián Basilicio López, taxista de 66 años y militante del Partido Comunista del Uruguay.
López fue detenido en el marco de la Operación Morgan, de represión a miembros del PCU y trasladado Grupo de Artillería No. 1 conocido como "Cuartel de la Paloma" (Montevideo), donde fue asesinado en torturas llevadas a cabo por los militares Carlos Walter Casco Panzardo, Nelson Coitinho (capitán), Hugo Garciacelay (alférez). El 28 de julio de 2020 estos dos últimos fueron procesados con prisión por un delito de homicidio especialmente agravado en calidad de autor y coautor respectivamente. El 15/04/2021 el Tribunal de Apelación Penal de 1º Turno confirmó la sentencia en primera instancia, señalando a Coitinho y Garciacelay como coautores de homicidio my especialmente agravado.
Esta causa judicial refiere al asesinato en torturas de Julián Basilicio López, taxista de 66 años y militante del Partido Comunista del Uruguay.
López fue detenido en el marco de la Operación Morgan, de represión a miembros del PCU y trasladado Grupo de Artillería No. 1 conocido como "Cuartel de la Paloma" (Montevideo), donde fue asesinado en torturas llevadas a cabo por los militares Carlos Walter Casco Panzardo, Nelson Coitinho (capitán), Hugo Garciacelay (alférez). El 28 de julio de 2020 estos dos últimos fueron procesados con prisión por un delito de homicidio especialmente agravado en calidad de autor y coautor respectivamente. El 15/04/2021 el Tribunal de Apelación Penal de 1º Turno confirmó la sentencia en primera instancia, señalando a Coitinho y Garciacelay como coautores de homicidio my especialmente agravado.
Federación Médica del Interior. Denuncia. IUE 253-085/1986
Por esta causa, en la que se denuncian torturas en dependencias del Grupo de Artillería 2 con asiento en la ciudad de Trinidad, se procesó a Mario Ramos y Nelson Fornos quienes oficiaron como jerarca y médico principal respectivamente de esa unidad.
El 16 de junio de 2021 el Tribunal de Apelaciones ratificó el procesamiento de ambos represores.
Por esta causa, en la que se denuncian torturas en dependencias del Grupo de Artillería 2 con asiento en la ciudad de Trinidad, se procesó a Mario Ramos y Nelson Fornos quienes oficiaron como jerarca y médico principal respectivamente de esa unidad.
El 16 de junio de 2021 el Tribunal de Apelaciones ratificó el procesamiento de ambos represores.
Uruguayos: Alberto Fontella y Otros [Chile]
En el juicio refiere a la desaparición forzada en Chile de los uruguayos Alberto Fontela Alonso, Juan Ángel Cendán Ahumada y el ciudadano brasileño Tulio Quintiliano Cardoso en el marco de las coordinaciones represivas de las dictaduras urugaya y chilena. El 8 de febrero de 2021, la Corte de Apelaciones de Santiago condenó a los represores chilenos Jorge Luis Tapia Castillo y Rafael Francisco Ahumada Valderrama a 10 años y un día de presidio, en calidad de autores de los delitos.
ALBACETE, Daniel y otros/Operación Morgan
Esta causa judicial refiere a la represión a militantes del Partido Comunista conocida como "Operación Morgan", en la que se recluyó en forma ilegítima a un centenar de personas a las que se los sometió a torturas y abusos sexuales. La causa también incluye víctimas pertenecientes a la Unión de Juventudes Comunistas del Uruguay, MLN Tupamaros y otras a otros grupos políticos contrarios al gobierno de la época. El 16 de abril de 2021 fueron procesados con prisión los represores Jorge Silveira Quesada, Ernesto Avelino Ramas y José Nino Gavazzo por delitos de privación de libertad y abuso de autoridad contra los detenidos. La imputación de los delitos sexuales solicitada por fiscalía fue denegada por entenderse que estos crímenes quedan "subsumidos en los delitos mayores".
TASSINO, Oscar
En esta causa judicial que trata sobre la desaparición forzada de Oscar Tassino, así como la prisión ilegítima y torturas a varias personas pertenecientes al PCU, fue procesado con prisión el 30 de abril de 2021 el represor Eduardo Ferro, imputado por los delitos de secuestro, tortura y desaparición. El 23 de junio 2021 se procesó a Ernesto Ramas y a Jorge Silveira, entre otros delitos, por el de coautores de homicidio especialmente agravado en calidad de partícipe extraño.
El 20 de setiembre de 2022 la justicia condenó a 25 años de penitenciaría a Jorge Silveira y Ernesto Ramas por la desaparición del militante comunista en julio de 1977. Se dispuso la condena de los represores como coautores de seis delitos de privación de libertad, cuatro delitos de abuso de autoridad (torturas), cuatro delitos de lesiones graves y un delito de desaparición forzada en calidad de autores.
En esta causa judicial que trata sobre la desaparición forzada de Oscar Tassino, así como la prisión ilegítima y torturas a varias personas pertenecientes al PCU, fue procesado con prisión el 30 de abril de 2021 el represor Eduardo Ferro, imputado por los delitos de secuestro, tortura y desaparición. El 23 de junio 2021 se procesó a Ernesto Ramas y a Jorge Silveira, entre otros delitos, por el de coautores de homicidio especialmente agravado en calidad de partícipe extraño.
El 20 de setiembre de 2022 la justicia condenó a 25 años de penitenciaría a Jorge Silveira y Ernesto Ramas por la desaparición del militante comunista en julio de 1977. Se dispuso la condena de los represores como coautores de seis delitos de privación de libertad, cuatro delitos de abuso de autoridad (torturas), cuatro delitos de lesiones graves y un delito de desaparición forzada en calidad de autores.
Julio Ramiro MARTÍNEZ LLANO; Orlinda Brenda FALERO FERRARI, su denuncia
Causa colectiva por torturas presentada en año 2011, en que se denunció secuestros, torturas y violencia sexual sobre varias personas en el Batallón 13 y el Centro Clandestino de Detención '300 Carlos'. El expediente judicial recopiló mas de 20 testimonios de estos delitos, por los cuales fueron procesados con prisión, el 3 de junio de 2021 los militares José Nino Gavazzo, Mario Julio Aguerrondo Montecoral, Rudyard Raúl Scioscia Soba, Mario Carlos Franchelle Franco, Mario Manuel Cola Silveira, Ernesto Ramas y Jorge Silveira.
El 1 de diciembre de 2022 fue procesado en esta misma causa, por su participación en secuestros y torturas, el militar retirado Rogelio Garmendia.
Causa colectiva por torturas presentada en año 2011, en que se denunció secuestros, torturas y violencia sexual sobre varias personas en el Batallón 13 y el Centro Clandestino de Detención '300 Carlos'. El expediente judicial recopiló mas de 20 testimonios de estos delitos, por los cuales fueron procesados con prisión, el 3 de junio de 2021 los militares José Nino Gavazzo, Mario Julio Aguerrondo Montecoral, Rudyard Raúl Scioscia Soba, Mario Carlos Franchelle Franco, Mario Manuel Cola Silveira, Ernesto Ramas y Jorge Silveira.
El 1 de diciembre de 2022 fue procesado en esta misma causa, por su participación en secuestros y torturas, el militar retirado Rogelio Garmendia.
Muerte por torturas de Gerardo Moises Alter
En esta causa judicial que refiere al asesinato por torturas de Gerardo Alter en Batallón de Infantería No. 1 'Batallón Florida', fueron imputados los represores Armando Méndez Caban, Pedro Enrique Buzó Correa, Antranig Ohannessian, Néstor Ramón Silvera Fonseca y Diego Mario Cardozo Correa. En el acta de procesamiento por su parte, se aclara que Cardozo falleció en el transcurso del proceso judicial, mientras que Armando Méndez Caban interpuso un recurso de inconstitucionalidad, separándose la situación de este represor del resto de los acusados hasta tanto se resuelva su recurso. Por otra parte, los otros tres acusados (Buzó, Ohannessian y Silvera), fueron procesados con prisión el 9 de junio de 2021 como coautores de un delito de homicidio muy especialmente agravado.
CHARGONIA, PABLO DENUNCIA
Esta causa judicial refiere al secuestro y supresión de identidad de Anatole y Victoria Julién Grisonas. Por la misma fueron procesados los represores Jorge Silveira, José Ricardo Arab y Gilberto Vázquez el 6/7/2021. Otros dos imputados, Luis Maurente y José Gavazzo fallecieron antes de que se emitiera el procesamiento.
FERNÁNDEZ MENDIETA Oscar, su muerte
En esta causa referida al asesinato en torturas de Oscar Felipe Fernández Mendieta en el Regimiento de Caballería No. 2 fueron procesados el 10 de agosto de 2021 los represores Gustavo Aureliano Mieres Ultra y Alberto Ballestrino Valls por delitos de tortura y asesinato. Dos militares mas que participaron en el crimen, Líber Morinelli Hernández y Daniel Blanco Fenocchio no pudieron ser procesados porque fallecieron antes de que se dictara sentencia.
DE LOS SANTOS Hugo, su muerte
El 14 de setiembre 2021, 48 años después de su asesinato bajo torturas, fueron procesados con prisión por asesinato los represores con prisión Lawrie Rodríguez y Ariel Ubillos. Otro represor indagado presentó un recurso dilatorio.
Caso Familia Julién Grisonas vs. Argentina [CIDH]
El 11 de noviembre de 2005, se presentó la petición inicial ante la CIDH relacionada con la falta de investigación, sanción y reparación de las desapariciones forzadas de Mario Roger Julien Cáceres y Victoria Lucía Grisonas Andrijauskaite, así como otras violaciones a los derechos humanos de los hijos del matrimonio, Anatole y Victoria.
El 4 de mayo de 2019 la Comisión aprobó el Informe de Admisibilidad por el cual se admitió la petición.
Los días 21 y 23 de setiembre de 2021 se emitió la sentencia condenatoria al Estado Argentino en la que se detallan las recomendaciones y reparaciones dictadas por la CIDH
PASTORINI Hermes, denuncia
En esta causa judicial refiere a las torturas a las que fue sometido el denunciante, Hermes Pastorini en el Batallón de Infantería No. 8 de la ciudad de Paysandú, desde que fue detenido en su domicilio en la noche del 14 de mayo de 1974 y durante los 12 días que permaneció en ese cuartel. Luego fue trasladado a Salto y después al penal de Libertad, donde permaneció detenido hasta 1980. En esta causa fue procesado el 4 de octubre de 2021, el capitán retirado Ramón Larrosa Santomauro quien era enlace de inteligencia (S2), por lo que conducía los interrogatorios y las torturas a los detenidos.
Otro indagado en esta causa por su participación en las torturas es el teniente Juan Antonio Farías, alias ‘La Chancha’ Farías, que ha presentado reiterados recursos dilatorios.
La primera denuncia sobre estos delitos, realizada en 1986 fue archivada debido a la vigencia de la Ley de Caducidad.
El 7 de febrero de 2022 el Tribunal de Apelaciones de 1er Turno confirmó el procesamiento y dispuso la prisión domiciliaria para el represor.
En esta causa judicial refiere a las torturas a las que fue sometido el denunciante, Hermes Pastorini en el Batallón de Infantería No. 8 de la ciudad de Paysandú, desde que fue detenido en su domicilio en la noche del 14 de mayo de 1974 y durante los 12 días que permaneció en ese cuartel. Luego fue trasladado a Salto y después al penal de Libertad, donde permaneció detenido hasta 1980. En esta causa fue procesado el 4 de octubre de 2021, el capitán retirado Ramón Larrosa Santomauro quien era enlace de inteligencia (S2), por lo que conducía los interrogatorios y las torturas a los detenidos.
Otro indagado en esta causa por su participación en las torturas es el teniente Juan Antonio Farías, alias ‘La Chancha’ Farías, que ha presentado reiterados recursos dilatorios.
La primera denuncia sobre estos delitos, realizada en 1986 fue archivada debido a la vigencia de la Ley de Caducidad.
El 7 de febrero de 2022 el Tribunal de Apelaciones de 1er Turno confirmó el procesamiento y dispuso la prisión domiciliaria para el represor.
PINTOS Carlos, denuncia
En marzo de 2012 un grupo de víctimas de delitos de lesa humanidad presentaron denuncia.
El 6 de octubre de 2021 la jueza sentencia el procesamiento de Carlos Raúl Chaine Díaz por torturas y lesiones a los detenidos.
En la sentencia se describe que: "En el año 1976 fueron detenidos los integrantes del PCU Emilio Toribio Mendez, Ariel Zapata,Julio Basualdo y Carlos Pintos por el hecho de pertenecer a dicha organización política. Siendo trasladados a la unidad militar antes indicada, fueron objeto de diversos tormentos,durante su detención en Caballeria N° 5...". "Entre los responsables de los tormentos, se indico a Juancito Urquhart (hoy fallecido) y al Alférez Chainez".
El 7 de febrero de 2022 el Tribunal de Apelaciones de 1er Turno confirmó el procesamiento y dispuso la prisión domiciliaria para el represor.
En marzo de 2012 un grupo de víctimas de delitos de lesa humanidad presentaron denuncia.
El 6 de octubre de 2021 la jueza sentencia el procesamiento de Carlos Raúl Chaine Díaz por torturas y lesiones a los detenidos.
En la sentencia se describe que: "En el año 1976 fueron detenidos los integrantes del PCU Emilio Toribio Mendez, Ariel Zapata,Julio Basualdo y Carlos Pintos por el hecho de pertenecer a dicha organización política. Siendo trasladados a la unidad militar antes indicada, fueron objeto de diversos tormentos,durante su detención en Caballeria N° 5...". "Entre los responsables de los tormentos, se indico a Juancito Urquhart (hoy fallecido) y al Alférez Chainez".
El 7 de febrero de 2022 el Tribunal de Apelaciones de 1er Turno confirmó el procesamiento y dispuso la prisión domiciliaria para el represor.
Caso Maidanik y otros vs. Uruguay [CIDH]
El 15 de agosto de 2007, impulsada por IELSUR se presentó la petición inicial ante la CIDH relacionada con la falta de investigación y sanción de los asesinatos de Diana Maidanik, Silvia Reyes y Laura Raggio (las "Muchachas de abril"), el 21 de abril de 1974. Asimismo, el caso se denunció la falta de investigación y sanciones referidas a los delitos de desaparición forzada de Luis Eduardo González González y Óscar Tassino Asteazu, a partir del 13 de diciembre de 1974 y del 19 de julio de 1977, respectivamente.
El El 8 de noviembre de 2012 la Comisión aprobó el Informe de Admisibilidad por el cual se admitió la petición.
El 15 de noviembre de 2021 se emitióla sentencia condenatoria al Estado uruguayo en la que se detallan las recomendaciones y reparaciones dictadas por La Corte. El 15 de junio de 2023 el Estado uruguayo realizó en el Palacio Legislativo un acto de asunción de su responsabilidad, encabezado por la vicepresidenta Beatriz Argimón y con la ausencia inexplicada del Presidente Luis Lacalle Pou
BATALLA PIEDRABUENA Luis, su muerte
Esta causa está referida al asesinato en torturas del albañil y militante del Partido Demócrata Cristiano Luis Batalla, en el Batallón de Infantería Nº 10, el 21 de mayo de 1972. El crímen fue denunciado por el diputado Daniel Sosa Díaz en el Parlamento en oportunidad del llamado a Sala e interpelación del Ministro de Defensa de la época, Gral. Enrique Magnani. La denuncia judicial pudo presentarse recién luego de finalizada la dictadura y fue archivada por el Poder Ejecutivo en aplicación de la Ley de Caducidad.
Fue reabierta el 15 de abril del año 2013 y en el 2019 el fiscal de Lesa Humanidad solicitó el procesamiento de varios represores involucrados en el asesinato. Finalmente el 20 de junio de 2022, fueron procesados con prisión los represores Héctor Sergio Rombys Kulikev (responsable del “S2") y Arquímedes Maciel Segredo (Coordinador en la lucha antisubversiva dependiendo de la Región Militar No 4) por homicidio especialmente agravado y torturas al detenido.
Otros militares y policías participantes del operativo de detención y la custodia del detenido fueron: el Jefe de la Unidad, el Teniente Coronel Juan José Molina (fallecido), los representantes del Servicio de Información de Defensa, el Capitán Pedro Antonio Matto y el Mayor Washington Perdomo (fallecido), el Capitán Juan Cuadrado y el Teniente Miguel A. Clara (fallecido), así como el funcionario policial Ayrton Correa.
ARTECHE Hugo, su muerte
En esta causa judicial que refiere al asesinato en torturas de Hugo Arteche, en el Batallón Florida, fueron procesados con prisión Armando Méndez Caban y Antranig Ohannessian Ohannian. Para un tercer imputado, Arturo Aguirre Percel, el cual alego motivos de salud, se decretó que sea examinado por un médico del ITF a los efectos de analizar si puedo ser conducido a la sede judicial y, en su caso, si corresponde imponerle un régimen de prisión domiciliaria.
RODRÍGUEZ LARRETA Enrique y otros
En esta causa, que denuncia múltiples delitos cometidos en Argentina y Uruguay entre los que se cuentan secuestro, torturas, sustracción de menores, etc. tuvo un inicio en 1984. Fue archivada en la década del 80 y desarchivada en la década del 2000. En esta causa, fue procesado el médico militar Ramón Rodríguez de Armas, por coautoría en las torturas infringidas a secuestrados por el terrorismo de Estado. Asimismo, otros testimonios lo identificaron que como médico ginecólogo realizó controles de embarazo a María Claudia García Iruretagoyena de Gelmán.
Hernandez Milán, José Antonio y otros (Cuartel de San José)
Esta causa judicial refiere a las torturas cometidas en el Batallón de Infantería No. 6 de la ciudad de San José, principalmente contra jóvenes militantes del Partido Comunista de Uruguay.
El 30 de junio de 2022, los militares Rubens Francia y Francisco Macaluso fueron formalizados y al año siguiente, condenados por privación de libertad y torturas a los detenidos a una pena de 12 años y 6 meses de cárcel. Los condenados apelaron el fallo. La condena fue confirmada por el tribunal de apelaciones el 14 de febrero de 2024.
Esta causa judicial refiere a las torturas cometidas en el Batallón de Infantería No. 6 de la ciudad de San José, principalmente contra jóvenes militantes del Partido Comunista de Uruguay.
El 30 de junio de 2022, los militares Rubens Francia y Francisco Macaluso fueron formalizados y al año siguiente, condenados por privación de libertad y torturas a los detenidos a una pena de 12 años y 6 meses de cárcel. Los condenados apelaron el fallo. La condena fue confirmada por el tribunal de apelaciones el 14 de febrero de 2024.
Esta causa judicial refiere a las torturas cometidas en el Batallón de Infantería No. 6 de la ciudad de San José, principalmente contra jóvenes militantes del Partido Comunista de Uruguay.
El 30 de junio de 2022, los militares Rubens Francia y Francisco Macaluso fueron formalizados y al año siguiente, condenados por privación de libertad y torturas a los detenidos a una pena de 12 años y 6 meses de cárcel. Los condenados apelaron el fallo. La condena fue confirmada por el tribunal de apelaciones el 14 de febrero de 2024.
Lacasa Antelo, Omar: Sande Lima, Felipe. Ley 18026. Delitos de genocidio, Lesa Humanidad, Crímenes de guerra y otros.
Esta causa judicial refiere a la desaparición de ciudadanos argentinos vinculados a Montoneros. Dentro de los delitos denunciados se encuentran la derención y posterior desaparición del ciudadano argentino Oscar De Gregorio, así como el secuestro y tortura de otras personas de esa nacionalidad que residían en Uruguay y también de ciudadanos uruguayos pertenecientes a los Grupos de Acción Unificadora (GAU).
Por estos delitos fueron procesados el 26 de septiembre de 2022 los represores Omar Raúl Lacasa Antelo y Felipe Sande Lima, imputándoles los delitos de abuso de autoridad contra los detenidos y reiterados delitos de privación de libertad especialmente agravados, en calidad de autores.
Gonzalez, Jorge Pereira, Astrubal Cohanoff, Perla y otros
Esta causa judicial refiere a torturas de hombres y mujeres entre los años 1972 y 1974 en el Regimiento de Caballería No. 6. La denuncia fue realizada por 17 víctimas en el año 2011.
El 29/06/2023 se dictó el procesamiento con prisión Gustavo Eduardo Criado Carmona, Glauco José Yanonne de León, Alexis Roberto Grajales de Oliveira, Jorge Slveira Quesada, Artigas Gregorio Álvarez Nieto y Walter Francisco Forischi Ferrari por los delitos de tortura.
Por esta misma causa, fue investigado el médico militar Carlos Suzacq, que fue extraditado a Uruguay desde España, a pedido de la Fiscalía de Lesa Humanidad. Suzacq fue procesado con prisión el 12 de octubre de 2023 por su participación en las torturas.
FERNÁNDEZ SOSA Aloma, y otros /Boiso Lanza
Esta causa judicial se inició a partir de una denuncia colectiva presentada el 21 de diciembre del año 2010, por parte de personas que fueron secuestradas y torturadas en la Base Aérea de Boiso Lanza.
La denuncia incluye testimonios de 33 personas que fueron sometidas a torturas, tratos crueles y degradantes y que fueron además recluidas por muchos años luego de ser procesadas por la justicia militar.
La denuncia menciona como los responsables de los delitos, a los militares Luis N. Fasal, Walter Alcides Pintos Alvariza, Enrique Ribero Ugartemendia, Ramón Bernardo Rodríguez Lopez, Juan Antonio Rodríguez Goñi, Roberto Cáceres, Gustavo Carlos Urban Saavedra y Roberto Freddy Amorín Maciel.
El 7 de junio del año 2019 la Fiscalía Especializada en Delitos de Lesa Humanidad solicitó el procesamiento de los mencionados militares. El 19 de octubre de 2023 fue dictado el procesamiento y prisión de Urban, Cáceres, Ribero, Rodríguez y Pintos por secuestro y torturas. A este último además, se le imputó delitos de violencia sexual.
GARCÍA Floreal; ESTEFANELL Maria Graciela; BRUM CORBO Héctor Daniel; CORBO María de los Angeles, su muerte
Esta causa judicial, refiere al caso conocido como los "Fusilados de Soca" que implicó el secuestro en Buenos Aires, el traslado clandestino a Uruguay y el asesinato de cinco personas integrantes del Movimiento de Liberación Nacional- Tupamaros. El 20 de diciembre de 1974 en un campo cecano a la localidad de Soca del Departamento de Canelones se encontraron los cuerpos acribillados. En ese operativo fue secuestrado y apropiado el niño Amaral García, hijo de dos de los asesinados. Una sexta persona secuestrada fue liberada.
Por esta causa, el 28 de noviembre de 2023 fue procesado con prisión, Ricardo Arab, por los delitos de secuestro, asesinato y apropiación de identidad en calidad de coautor.