Garmendia Olivera, Rogelio Aníbal

El militar retirado fue denunciado por un grupo de ex secuestradas y secuestrados políticos en 1972 que fueron torturados en el Batallón de Infantería nº13. La jueza Silvia Urioste dictó el procesamiento imputándole los delitos de privación de libertad, violencia privada y lesiones graves. En su respaldo, entre otras consideraciones, la jueza invocó la sentencia de la Corte Interamericana en el caso Gelman. En 2024 fue condenado por dicha causa a cumplir 8 años de cárcel. Esa condena fue apelada, y en enero de 2026, quedó confirmada por un tribunal de apelaciones, aunque bajando la sentencia a 7 años de cárcel.

El 23/12/2024 fue procesado junto a José María Lete y Pedro Enrique Buzó por su participación en las torturas de niños, niñas y adolescentes en el Batallón de Infantería N°10 de Treinta y Tres, en abril de 1975. La pena de prisión se otorgó con el beneficio de prisión domiciliaria.

Nombre
Rogelio Aníbal
Apellido
Garmendia Olivera
Nacionalidad
Fecha de nacimiento
Actuó en
Situación procesal en Uruguay
Situación de reclusión en Uruguay

Denuncias y sentencias

[Torturas en Batallón de Infantería No. 10 de Treinta y Tres (411-47/2023)] PERTUY, Marianela y otros -DENUNCIAN-

  • Esta causa judicial refiere a la brutal represión desatada en la ciudad de Treinta y Tres entre el 12 y el 15 de abril de 1975.

    El operativo apuntó casi exclusivamente contra adolescentes de entre 13 y 20 años (en su mayoría estudiantes) que militaban en la Unión de Juventudes Comunistas (UJC), además de detener a algunos adultos vinculados al Partido Comunista y al Frente Amplio.

    Fueron trasladados al Batallón de Infantería Nro. 10, donde fueron encapuchados, maniatados y obligados a hacer "plantón" (de pie con las piernas y brazos abiertos) durante días enteros, sin agua ni comida, y viéndose forzados a hacer sus necesidades encima. Los interrogatorios, a cargo de la sección de inteligencia (S2), estuvieron acompañados de torturas sistemáticas: golpizas severas, "submarino" en tachos con agua, orina y sangre, picana eléctrica, la técnica del "teléfono" (golpes simultáneos en los oídos) y colgamientos que en ocasiones dislocaban los hombros de las víctimas.

    El acta de procesamiento relata un nivel de humillación extremo hacia las adolescentes, quienes declararon haber sido desnudadas y sometidas a tactos vaginales sin guantes en presencia de varios militares, ejecutados por el médico de la unidad bajo la excusa de buscar "enfermedades venéreas". En otro episodio relatado, a un joven le extrajeron piezas dentales a la fuerza y sin anestesia, tragándose sus propias raíces. Las torturas alcanzaron su punto máximo cuando el cuartel recibió la visita del entonces General Gregorio "Goyo" Álvarez, acompañado por un "torturador especializado" traído desde Minas (Pedro Buzó), aplicando castigos descritos como "salvajes".

    La jueza rechazó todos los intentos de la defensa por frenar el juicio (quienes alegaron prescripción de los delitos y falta de jurisdicción) y ordenó el procesamiento con prisión por torturas y abusos sexuales de los siguientes indagados:

    José María Lete Olascoaga (Alférez en la época): Era uno de los subordinados en el departamento S2 (Inteligencia) de la unidad. Decenas de testimonios de las víctimas lo identificaron directamente (en algunos casos porque se le caía la capucha a la víctima, o por reconocer su voz y sus zapatos) como uno de los oficiales más violentos en los interrogatorios. Se lo señaló participando en las golpizas, en las sesiones de "submarino" y amenazando a los adolescentes. Fue procesado como coautor de reiterados delitos de privación de libertad, reiterados delitos de atentado violento al pudor (vinculado a los vejámenes sexuales a los que fueron sometidas las prisioneras), abuso de autoridad contra los detenidos y lesiones graves.

    Rogelio Aníbal Garmendia Olivera (Oficial / Alférez): Múltiples víctimas lo identificaron como el oficial a cargo del operativo inicial de secuestro en sus casas o en la vía pública ("el que nos fue a buscar"). También fue señalado como responsable de trasladar a las adolescentes menores de edad, encapuchadas y en camiones militares, hacia dependencias del Consejo del Niño (INAU) en Montevideo. Además de las capturas, varias víctimas lo ubicaron presenciando y participando en los interrogatorios bajo tortura dentro del Batallón. Fue procesado como coautor de reiterados delitos de abuso de autoridad contra los detenidos, en concurso formal con reiterados delitos de lesiones graves y en concurrencia con reiterados delitos de privación de libertad.

    Pedro Enrique Buzó Correa (Capitán): A diferencia de los otros dos, Buzó no estaba asignado a Treinta y Tres, sino que era el Oficial S2 del Batallón de Infantería Nro. 4 en Minas (División de Ejército IV). Fue señalado por los testigos y las víctimas como el militar que llegó la noche del 18 de abril acompañando al General Gregorio Álvarez, siendo presentado ante los detenidos como un experto "que los esperaba con las manos ensangrentadas". Las víctimas atestiguaron que su llegada implicó torturas "más a lo bestia", aplicando colgamientos brutales y asfixia por inmersión. Fue procesado como presunto autor de reiterados delitos de abuso de autoridad contra los detenidos y reiterados delitos de lesiones graves.


Procesamientos, formalizaciones o condenas

Esta causa judicial refiere a la brutal represión desatada en la ciudad de Treinta y Tres entre el 12 y el 15 de abril de 1975.

El operativo apuntó casi exclusivamente contra adolescentes de entre 13 y 20 años (en su mayoría estudiantes) que militaban en la Unión de Juventudes Comunistas (UJC), además de detener a algunos adultos vinculados al Partido Comunista y al Frente Amplio.

Fueron trasladados al Batallón de Infantería Nro. 10, donde fueron encapuchados, maniatados y obligados a hacer "plantón" (de pie con las piernas y brazos abiertos) durante días enteros, sin agua ni comida, y viéndose forzados a hacer sus necesidades encima. Los interrogatorios, a cargo de la sección de inteligencia (S2), estuvieron acompañados de torturas sistemáticas: golpizas severas, "submarino" en tachos con agua, orina y sangre, picana eléctrica, la técnica del "teléfono" (golpes simultáneos en los oídos) y colgamientos que en ocasiones dislocaban los hombros de las víctimas.

El acta de procesamiento relata un nivel de humillación extremo hacia las adolescentes, quienes declararon haber sido desnudadas y sometidas a tactos vaginales sin guantes en presencia de varios militares, ejecutados por el médico de la unidad bajo la excusa de buscar "enfermedades venéreas". En otro episodio relatado, a un joven le extrajeron piezas dentales a la fuerza y sin anestesia, tragándose sus propias raíces. Las torturas alcanzaron su punto máximo cuando el cuartel recibió la visita del entonces General Gregorio "Goyo" Álvarez, acompañado por un "torturador especializado" traído desde Minas (Pedro Buzó), aplicando castigos descritos como "salvajes".

La jueza rechazó todos los intentos de la defensa por frenar el juicio (quienes alegaron prescripción de los delitos y falta de jurisdicción) y ordenó el procesamiento con prisión por torturas y abusos sexuales de los siguientes indagados:

José María Lete Olascoaga (Alférez en la época): Era uno de los subordinados en el departamento S2 (Inteligencia) de la unidad. Decenas de testimonios de las víctimas lo identificaron directamente (en algunos casos porque se le caía la capucha a la víctima, o por reconocer su voz y sus zapatos) como uno de los oficiales más violentos en los interrogatorios. Se lo señaló participando en las golpizas, en las sesiones de "submarino" y amenazando a los adolescentes. Fue procesado como coautor de reiterados delitos de privación de libertad, reiterados delitos de atentado violento al pudor (vinculado a los vejámenes sexuales a los que fueron sometidas las prisioneras), abuso de autoridad contra los detenidos y lesiones graves.

Rogelio Aníbal Garmendia Olivera (Oficial / Alférez): Múltiples víctimas lo identificaron como el oficial a cargo del operativo inicial de secuestro en sus casas o en la vía pública ("el que nos fue a buscar"). También fue señalado como responsable de trasladar a las adolescentes menores de edad, encapuchadas y en camiones militares, hacia dependencias del Consejo del Niño (INAU) en Montevideo. Además de las capturas, varias víctimas lo ubicaron presenciando y participando en los interrogatorios bajo tortura dentro del Batallón. Fue procesado como coautor de reiterados delitos de abuso de autoridad contra los detenidos, en concurso formal con reiterados delitos de lesiones graves y en concurrencia con reiterados delitos de privación de libertad.

Pedro Enrique Buzó Correa (Capitán): A diferencia de los otros dos, Buzó no estaba asignado a Treinta y Tres, sino que era el Oficial S2 del Batallón de Infantería Nro. 4 en Minas (División de Ejército IV). Fue señalado por los testigos y las víctimas como el militar que llegó la noche del 18 de abril acompañando al General Gregorio Álvarez, siendo presentado ante los detenidos como un experto "que los esperaba con las manos ensangrentadas". Las víctimas atestiguaron que su llegada implicó torturas "más a lo bestia", aplicando colgamientos brutales y asfixia por inmersión. Fue procesado como presunto autor de reiterados delitos de abuso de autoridad contra los detenidos y reiterados delitos de lesiones graves.

Causa colectiva por torturas presentada en año 2011, en que se denunció secuestros, torturas y violencia sexual sobre varias personas en el Batallón 13 y el Centro Clandestino de Detención '300 Carlos'. El expediente judicial recopiló mas de 20 testimonios de estos delitos, por los cuales fueron procesados con prisión, el 3 de junio de 2021 los militares José Nino Gavazzo, Mario Julio Aguerrondo Montecoral, Rudyard Raúl Scioscia Soba, Mario Carlos Frachelle Franco, Mario Manuel Cola Silveira, Ernesto Ramas y Jorge Silveira.

El 1 de diciembre de 2022 fue procesado en esta misma causa, por su participación en secuestros y torturas, el militar retirado Rogelio Garmendia.

El 11 de octubre de 2023 se condenó a Silveira, Aguerrondo, Scioscia, Frachelle y Cola por torturas a penas de entre 9 y 12 años de cárcel. Gavazzo y Ramas, que habían sido procesados en el 2021, fallecieron en el transcurso del proceso penal.

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