Gavazzo Pereira, José Nino

Fue condenado en múltiples causas en Uruguay y el extranjero por su participación en crímenes de lesa humanidad, entre los que se cuentan secuestros, desapariciones, torturas y asesinatos. También fue procesado en 1995 por el delito de "extorsión" en una causa penal común por una investigación que lo vinculó a la falsificación de dólares.

Cumplió prisión efectiva en la cárcel especial de Domingo Arena desde su primer procesamiento con prisión por delitos de lesa humanidad, en el año 2006, hasta el año 2013, en el que fue trasladado al Hospital Militar a un sector especial destinado a jerarcas militares.

El 24 de diciembre de 2015 se le concedió la prisión domiciliaria.

Nombre
José Nino
Apellido
Gavazzo Pereira
Nacionalidad
Fecha de nacimiento
Lugar de nacimiento
Montevideo
Fecha de muerte
Grado militar o policial
Teniente Coronel (r)
Situación procesal en Uruguay
Situación de reclusión en Uruguay
Situación en extranjero
Condenado en Italia - solicitud de extradición de Argentina

Obras de interés (11)

Mentiras Armadas. Operaciones de prensa y comunicación de la dictadura uruguaya (2021)
Ficha de obra: Mentiras Armadas. Operaciones de prensa y comunicación de la dictadura uruguaya

Audiovisual realizado por el Sitio de Memoria del ex SID que recoge documentos y testimonios sobre el operativo de prensa de la dictadura de octubre de 1976. En el mismo se difundió la captura de un grupo subversivo en distintos hoteles de Montevideo y en un chalet del balneario Shangrilá de Canelones, exibiéndose a la prensa nacional e internacional miltantes que habían sido secuestrados en Buenos Aires varios meses antes y mantenidos en centros clandestinos de detención de Argentina para luego ser trasladados a Uruguay donde permanecieron recluidos. 

Como se reseña en la web del ex SID "El montaje buscó contrarrestar la campaña internacional por violaciones a los derechos humanos en Uruguay y fue posible porque el Estado tenía el monopolio de la información de la lucha antisubversiva".

Sentencia Juicio Plan Cóndor - Corte di assise de apello Roma (2019)
Ficha de obra: Sentencia Juicio Plan Cóndor - Corte di assise de apello Roma
Autoría:

Sentencia de la Corte de Roma sobre el Plan Cóndor, que imputó crímenes de lesa humanidad a represores de Uruguay y la región. La víctimas fueron personas detenidas desaparecidas con ciudadania italiana. El 8 de julio de 2019, luego de dos décadas de proceso judicial, se condenó a cadena perpetua a 12 represores uruguayos.

Sentencia Plan Cóndor - Argentina (2016)
Ficha de obra: Sentencia Plan Cóndor - Argentina

Sentencia del juicio oral y público del Plan Cóndor realizado en la República Argentina (2013 -2016). Se enjuiciaron a 18 acusados por su intervención en crímenes de lesa humanidad y se investigaron los casos de 174 víctimas de Argentina, Bolivia, Chile, Paraguay, Perú y Uruguay

El proceso se desarrolló en dos causas, una correspondiente a la operación Cóndor y otra por los crímenes cometidos en el centro clandestino de detención Automotores Orletti, iniciada en 2004.  

De vida y de muerte. Testimonios de la Operación Cóndor (2015)
Ficha de obra: De vida y de muerte. Testimonios de la Operación Cóndor
Autoría:

Audiovisual que reúne testimonios sobre el accionar del Plan Cóndor, en particular a través de víctimas de Chile, Argentina, Paraguay y Uruguay. Se indaga sobre los documentos descubiertos en lo que se conoce como El Archivo del Terror, encontrado en Paraguay en 1992.

Vivos los llevaron. Historia de la lucha de madres y familiares de uruguayos detenidos desaparecidos (1976-2005) (2005)
Ficha de obra: Vivos los llevaron. Historia de la lucha de madres y familiares de uruguayos detenidos desaparecidos (1976-2005)

Libro que aborda la historia de conformación y la trayectoria de luchas de la Asociación Madres y Familiares de Detenidos Desaparecidos de Uruguay en el período 1976 a 2005. Las distintas etapas en las reivindicaciones de esclarecimiento del destino de las personas detenidas desaparecidas, en el territorio nacional y en la región, se sistematiza a partir de testimonios de protagonistas y de documentos claves para entender el contexto de las disputas políticas de esos años, así como su proyección al presente. 

Editado por Trilce en 2005

 

Para muestra basta un botón : de la A a la Z (2003)
Ficha de obra: Para muestra basta un botón : de la A a la Z
Autoría:

Libro que recorre con una narrativa ágil, ordenada alfabéticamente, eventos, relatos, centros de detención y tortura, así como distintos hitos de los 30 años que van desde 1973 al 2003.

La investigación es acompañada de fotos que atraviesan la experiencia de la cárcel política, el exilio, la búsqueda de personas detenidas desaparecidas y testimonios de protagonistas de los años de la dictadura y las luchas por memoria, verdad y justicia.

El libro fue realizado con el apoyo de la Fundación Rosa Luxemburgo y FUCVAM. Su autor autorizó a Sitios de Memoria - Uruguay, la digitalización y difusión de su obra.

La doble desaparecida (2001)
Ficha de obra: La doble desaparecida
Autoría:

Documental realizado a partir de la investigación periodística realizada por Jorge Gestoso para C.N.N. en español, emitida en agosto de 2001. Esa investigación posibilitó encontrar e identifican los restos de María Rosa Mora, detenida desaparecida en Argentina en abril de 1976, secuestrada en la ESMA y asesinada en los vuelos de la muerte. Sus restos ubicados por pescadores en el Río de la Plata fueron inhumados como N.N. en el Cementerio del Norte y no pudieron ser recuperados.

Video en Youtube
Por los chiquitos que vienen... (1989)
Ficha de obra: Por los chiquitos que vienen...

Libro de crónicas y relatos que nos acercan a las historias de personales de las y los protagonistas, como forma de aportar al proceso de búsqueda y encuentro de niños y niñas que sufrieron el secuestro y la apropiación de su identidad. Esa, quizá la forma más cruel de persecución política y castigo, en 1989 año en que se edita esta publicación, seguía algunas pistas inciertas para empezar a obtener respuestas.

Edición de Madres y Familiares de uruguayos detenidos desaparecidos.

Exposición sobre violaciones a los DDHH en la dictadura. Senador José Germán Araújo - 1985 (1985)
Ficha de obra: Exposición sobre violaciones a los DDHH en la dictadura. Senador José Germán Araújo - 1985
Autoría:

En las sesiones de la Cámara de Senadores de los días 2 y 3 de julio de 1985, el Senador José Germán Araújo del Frente Amplio, expone sobre graves violaciones a los derechos humanos cometidos por la recientemente finalizada dictadura civico militar.

Diario de sesiones Cámara de Senadores

Uruguayos desaparecidos en Argentina (1985)
Ficha de obra: Uruguayos desaparecidos en Argentina

Libro editado por Madres y Familiares de Uruguayos Detenidos Desaparecidos apenas recobrada la institucionalidad democrática como forma de difundir la persecución y desaparición en Argentina de uruguayas y uruguayos.

Se denunciaba asimismo la colaboración de miembros de las fuerzas armadas de ambos países en operaciones clandestinas de asesinato, desaparición y secuestro de niñas y niños.

Nunca mas : Informe de la Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas (1984)
Ficha de obra: Nunca mas : Informe de la Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas

“Nunca más” es el informe oficial producido por la Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas (CONADEP) al regreso de la democracia en Argentina. Desde su prólogo fija un encuadre ético y jurídico: frente a los delitos de grupos armados, la dictadura respondió con “un terrorismo infinitamente peor”, amparado en el poder estatal, que secuestró, torturó y asesinó a miles de personas. La Comisión aclara que su tarea no fue juzgar, lo que es tarea de la justicia, sino indagar sobre el destino de los desaparecidos a partir de miles de testimonios, la verificación de la existencia cientos de centros clandestinos de tortura y la organización de un acervo documental de más de 50.000 páginas.

La autoría es institucional: Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas (CONADEP). La edición fue de Editorial Universitaria de Buenos Aires (EUDEBA). Primera edición en noviembre de 1984; ediciones 2ª, 3ª y 4ª en diciembre de 1984 (Buenos Aires, Argentina). 

El informe documentó la existencia de unos 340 centros clandestinos de detención dirigidos por mandos de fuerzas armadas y de seguridad, con condiciones infrahumanas y tormentos sistemáticos; la CONADEP elevó 1.086 legajos a la Justicia e incorporó 7.380 legajos en total a partir de denuncias y testimonios. También describe prácticas de exterminio y encubrimiento de los crímenes (desaparición de cuerpos, simulación de enfrentamientos) y rechaza la tesis de “excesos” aislados, el terrorismo de Estado se constituyó con prácticas comunes y extendidas.

El informe incorpora la dimensión transnacional del terrorismo de Estado, y menciona a algunas de las víctimas uruguayas, como Aída Celia Sanz Fernández, Zelmar Michelini, Héctor Gutiérrez Ruiz, Sara Méndez, Simón Riquelo, Enrique Rodríguez Larreta y Gerardo Gatti. Se destaca a través de varios testimonios el funcionamiento del centro clandestino de tortura Automotores Orletti, que operó como un centro de cooperación entre el Ejército Argentino y el uruguayo, con interrogatorios coordinados y traslados forzados y clandestinos de personas desde Buenos Aires a Uruguay; se constató  la presencia de interrogadores uruguayos  en otros centros clandestinos. 

En sus conclusiones, el informe estima un universo de 8.960 las personas que, a la fecha de presentación (septiembre de 1984), seguían desaparecidas, pero aclara que esa no era una cifra  definitiva dado el importante subregistro. 

“Nunca más” no sólo es un inventario del horror; propone medidas: reconocimiento de la desaparición forzada como crimen de lesa humanidad, fortalecimiento de la Justicia y enseñanza de derechos humanos, entre otras, para garantizar verdad, justicia y no repetición. 

Prensa y publicaciones seriadas (4)

Crítica      
Colaboradora      
Clandestina      
De la transición      
Posdictadura      
Extranjera      

Medio:

Nota publicada por el periódico alemán Stern, que aborda la situación de Ana Inés Quadros, secuestrada en Buenos Aires y su pasaje por Automotores Orletti donde compartió calabozo con Enrique Rodríguez Larreta. También se extiende sobre las torturas en este lugar a los secuestrados, la participación de Gavazzo y el traslado a una dependencia militar cercana al Aeropuerto de Carrasco. La farsa del Chalet Susy y finalmente la reclusión de Quadros en Punta de Rieles. También menciona los asesinatos de Michelini y Gutiérrez Ruiz, los vuelos de la muerte y los cuerpos aparecidos en las costas de Uruguay.

Se destaca en su página 6 la continuidad del análisis de la interna militar (1978):

"OCOA,SID,ESMACO,FFCC,COSENA,..,y el"revisionismo".Desde nuestro boletín anterior (informaciones y Documentos18 del 12-7-78) y en Uruguay en los números 66 y 67 de Compañero clandestino, informamos de la destitución y arresto de Amaury Prantl y la posible caída en desgracia de Bailestrino y otros oficiales del SID y la OCOA, quemados por La operación Talero. Ahora se sabe que el Coronel Gavazzo también fue desti­tuido, junto a otros oficiales de los que aun no ha trascendido el nombre".

Página 8 nota sobre el fallecimiento del maestro comunista Carlos Chassale. Página 9 información sobre torturas, asesinatos y desapariciones en Uruguay y Argentina.

       Sin ira, libertad (11/7/2012)
Enlace a contenido: Sin ira, libertad
Medio:

Crónica del concierto de Miguel Ángel Estrella en el Penal de Libertad en el año 2012. Estrella es un destacado pianista argentino y ex preso político, secuestrado en Uruguay durante la dictadura cívico militar y sobreviviente del Plan Cóndor.

       Siempre se vuelve al primer amor (28/8/2020)
Medio:
Autoría:

Nota que aborda el cobro de las jubilaciones en el exterior por parte de militares prófugos de la justicia por delitos de lesa humanidad. En particular se describe el caso del prófugo Pedro Mato Narbondo residente en la ciudad fronteriza con Uruguay, Santa Ana do Livramento (Brasil), desde donde cruzó en la frontera y firmó en una repartición militar en 2020, la "fé de vida" (documento que habilita el cobro de jubilación).

Archivos estatales (1)

Enlace a ficha: SMDC-UYMRREE-000010

Nota 001/77 Conf. de fecha 21 de enero de 1977, procedente de la Embajada de Uruguay en Estados Unidos, dirigida al Departamento de Estado de Estados Unidos, manifestando el retiro de la propuesta de designaciones del Cnel. Fons y del Mayor Gavazzo para cargos a desempeñar en ese país.

Denuncias y sentencias

[Adalberto Soba / Orletti] BARRIOS FERNANDEZ Washington y SOBA Adalberto, privación de libertad

  • Causa que condenó a represores por su participación en la secuestro, torturas, asesinato y desaparición de 28 ciudadanas y ciudadanos uruguayos en Argentina en 1976, en el marco de la coordinación conocida como Plan Cóndor. En el año 2006 se procesó a los represores Ernesto Ramas, Jorge Silveira, José Gavazzo, Ricardo Medina, José Arab, Luis Maurente, José Sande Lima y Gilberto Vázquez, con prisión preventiva por un delito de privación de libertad con un delito de asociación para delinquir. Si bien en la indagatoria se mencionaban mas víctimas, la única considerada en esta instancia fue Adalberto Waldemar Soba Fernández, ya que era el único caso excluido de la Ley de Caducidad de los mencionados.

    En el año 2009 se terminó procesando a Silveira, Vázquez y Ramas como autores responsables de 28 delitos de homicidio muy especialmente agravados en reiteración real, con penas de 25 años de penitenciaría, mientras que a Maurente, Medina y Sande Lima por los mismos delitos se los condenó a 20 años de penitenciaría. Los otros dos procesados originalmente, José Gavazzo y Ricardo Arab, fueron condenados en la causa 98-247/2006 cuya sentencia se dictó el mismo día y también recibieron penas de 25 años de penitenciaría.


[Gavazzo y Arab / Plan Cóndor] GAVAZZO PEREYRA José Nino; ARAB FERNANDEZ José Ricardo; un delito de privación de libertad

  • En esta causa judicial se condenó a los represores José Nino Gavazzo y Ricardo Arab como autores responsables de 28 delitos de homicidio muy especialmente agravados, a la pena de 25 años de penitenciaría por su participación en la secuestro, torturas, asesinato y desaparición de ciudadanas y ciudadanos uruguayos en Argentina en 1976, en el marco de la coordinación conocida como Plan Cóndor.

    El procesamiento de Gavazzo y Arab había tenido lugar en la causa 2-43332/2005 en la cual también habían sido procesados Ernesto Ramas, Jorge Silveira, Ricardo Medina, Luis Maurente, José Sande Lima y Gilberto Váquez. Estos últimos fueron condenados en dicha causa a penas de entre 20 y 25 años de penitenciaría. Por su parte, Gavazzo y Arab recibieron penas de 25 años de penitenciaría.


[Juicio de Roma / Plan Cóndor] 'ARCE GOMEZ, Luis ed altri 32' [Italia]

  • El Juicio de Roma al Plan Cóndor, es una mega causa, por la cual se condenó a civiles y militares de Bolivia, Chile, Perú y Uruguay a cadena perpetua por el asesinato y desaparición de ciudadanos italianos en el marco del Plan Cóndor. Los uruguayos condenados fueron Pedro Mato Narbondo, José Nino Gavazzo, Ricardo Arab, Ricardo Medina, Luis Maurente, José Sande Lima, Ernesto Soca, Ernesto Ramas, Jorge Silveira, Gilberto Vázquez, Juan Carlos Blanco, Juan Carlos Larcebeau y  Jorge Tróccoli. Exceptuando a este último, el resto ya había sido condenado en Uruguay por causas de lesa humanidad.

    El 9 de julio de 2021 la Suprema Corte de Justicia de Italia, ratificó las condenas. El represor Jorge Tróccoli que se encontraba prófugo de la justicia uruguaya desde 2007 y residiendo en Italia, fue conducido a cumplir con prisión efectiva su condena el 10 de julio.


[Operación Morgan] ALBACETE, Daniel y otros. Denuncia. DD.HH.

  • Esta causa judicial refiere a la represión a militantes del Partido Comunista conocida como "Operación Morgan", en la que se recluyó en forma ilegítima a un centenar de personas a las que se los sometió a torturas y abusos sexuales. La causa también incluye víctimas pertenecientes a la Unión de Juventudes Comunistas del Uruguay, MLN Tupamaros y otras a otros grupos políticos contrarios al gobierno de la época. El 16 de abril de 2021 fueron procesados con prisión los represores Jorge Silveira Quesada, Ernesto Avelino Ramas y José Nino Gavazzo por delitos de privación de libertad y abuso de autoridad contra los detenidos. La imputación de los delitos sexuales solicitada por fiscalía fue denegada por entenderse que estos crímenes quedan "subsumidos en los delitos mayores".


Procesamientos, formalizaciones o condenas

Causa que condenó a represores por su participación en la secuestro, torturas, asesinato y desaparición de 28 ciudadanas y ciudadanos uruguayos en Argentina en 1976, en el marco de la coordinación conocida como Plan Cóndor. En el año 2006 se procesó a los represores Ernesto Ramas, Jorge Silveira, José Gavazzo, Ricardo Medina, José Arab, Luis Maurente, José Sande Lima y Gilberto Vázquez, con prisión preventiva por un delito de privación de libertad con un delito de asociación para delinquir. Si bien en la indagatoria se mencionaban mas víctimas, la única considerada en esta instancia fue Adalberto Waldemar Soba Fernández, ya que era el único caso excluido de la Ley de Caducidad de los mencionados.

En el año 2009 se terminó procesando a Silveira, Vázquez y Ramas como autores responsables de 28 delitos de homicidio muy especialmente agravados en reiteración real, con penas de 25 años de penitenciaría, mientras que a Maurente, Medina y Sande Lima por los mismos delitos se los condenó a 20 años de penitenciaría. Los otros dos procesados originalmente, José Gavazzo y Ricardo Arab, fueron condenados en la causa 98-247/2006 cuya sentencia se dictó el mismo día y también recibieron penas de 25 años de penitenciaría.

El Juicio de Roma al Plan Cóndor, es una mega causa, por la cual se condenó a civiles y militares de Bolivia, Chile, Perú y Uruguay a cadena perpetua por el asesinato y desaparición de ciudadanos italianos en el marco del Plan Cóndor. Los uruguayos condenados fueron Pedro Mato Narbondo, José Nino Gavazzo, Ricardo Arab, Ricardo Medina, Luis Maurente, José Sande Lima, Ernesto Soca, Ernesto Ramas, Jorge Silveira, Gilberto Vázquez, Juan Carlos Blanco, Juan Carlos Larcebeau y  Jorge Tróccoli. Exceptuando a este último, el resto ya había sido condenado en Uruguay por causas de lesa humanidad.

El 9 de julio de 2021 la Suprema Corte de Justicia de Italia, ratificó las condenas. El represor Jorge Tróccoli que se encontraba prófugo de la justicia uruguaya desde 2007 y residiendo en Italia, fue conducido a cumplir con prisión efectiva su condena el 10 de julio.

Esta causa judicial refiere a la represión a militantes del Partido Comunista conocida como "Operación Morgan", en la que se recluyó en forma ilegítima a un centenar de personas a las que se los sometió a torturas y abusos sexuales. La causa también incluye víctimas pertenecientes a la Unión de Juventudes Comunistas del Uruguay, MLN Tupamaros y otras a otros grupos políticos contrarios al gobierno de la época. El 16 de abril de 2021 fueron procesados con prisión los represores Jorge Silveira Quesada, Ernesto Avelino Ramas y José Nino Gavazzo por delitos de privación de libertad y abuso de autoridad contra los detenidos. La imputación de los delitos sexuales solicitada por fiscalía fue denegada por entenderse que estos crímenes quedan "subsumidos en los delitos mayores".

En esta causa judicial se condenó a los represores José Nino Gavazzo y Ricardo Arab como autores responsables de 28 delitos de homicidio muy especialmente agravados, a la pena de 25 años de penitenciaría por su participación en la secuestro, torturas, asesinato y desaparición de ciudadanas y ciudadanos uruguayos en Argentina en 1976, en el marco de la coordinación conocida como Plan Cóndor.

El procesamiento de Gavazzo y Arab había tenido lugar en la causa 2-43332/2005 en la cual también habían sido procesados Ernesto Ramas, Jorge Silveira, Ricardo Medina, Luis Maurente, José Sande Lima y Gilberto Váquez. Estos últimos fueron condenados en dicha causa a penas de entre 20 y 25 años de penitenciaría. Por su parte, Gavazzo y Arab recibieron penas de 25 años de penitenciaría.

Este proceso judicial documenta la investigación, el enjuiciamiento y la condena definitiva de varios exmilitares y policías uruguayos por el secuestro, cautiverio y homicidio de María Claudia García Iruretagoyena de Gelman, así como por la sustracción de su hija recién nacida (Macarena Gelman). Los hechos ocurrieron en el marco del "Plan Cóndor", un operativo de represión coordinada entre las dictaduras del Cono Sur en la década de 1970.

La víctima fue llevada inicialmente al centro clandestino de detención "Automotores Orletti" en Argentina y luego fue trasladada ilegalmente a Montevideo. En Uruguay, fue mantenida cautiva en la sede del Servicio de Información de Defensa (SID) y dio a luz a una niña en el Hospital Militar. La niña le fue sustraída para ser entregada ilegítimamente al entonces comisario de policía Ángel Tauriño, quien llegó ocupar altos cargos como Jefe de Policía del departamento de San José. María Claudia García fue posteriormente asesinada por sus captores para ocultar la evidencia del delito.

El proceso comenzó formalmente con una denuncia penal presentada en el año 2002 por Juan Gelman, suegro de María Claudia y abuelo de Macarena. En la denuncia se solicitó investigar la eventual comisión de los delitos de privación de libertad, homicidio, sustracción de menor y supresión de estado civil. La denuncia detalló que María Claudia García, quien tenía 19 años y un embarazo de siete meses, fue secuestrada en Buenos Aires el 24 de agosto de 1976 por comandos militares argentinos y uruguayos.

El 28 de noviembre de 2003, el Poder Ejecutivo de Jorge Batlle declaró comprendidos en el artículo 1° de la Ley N° 15.848 los hechos referidos a la privación de libertad y homicidio de María Claudia García Irureta Goyena de Gelman y sustracción de menor y supresión de estado civil de la hija de la misma, clausurando la investigación y el juzgamiento de los responsables.

El 23 de junio de 2005 un nuevo Poder Ejecutivo (presidencia de Tabaré Vázquez) dicta el acto administrativo por el cual se responde a la Suprema Corde de Justicia que el Caso Gelmán está excluido de la Ley de Caducidad y por lo tanto puede proceder la causa judicial.

El 27 de octubre de 2011, la justicia dispuso el procesamiento y prisión preventiva de José Nino Gavazzo, José Ricardo Arab Fernández, Gilberto Valentín Vázquez Bisio, Jorge Silveira Quesada y Ricardo José Medina Blanco. Se les imputó prima facie la comisión de un delito de Homicidio Especialmente Agravado en calidad de coautores. El juez resolvió múltiples obstáculos legales, concluyendo que el caso no estaba amparado por la Ley de Caducidad de la Pretensión Punitiva del Estado (Ley 15.848) y que la acción penal no había prescrito.

El 14 de febrero de 2017 se dictó la condena a Gavazzo, Arab, Vázquez, Silveira y Medina como coautores penalmente responsables de un delito de homicidio intencional muy especialmente agravado. Se impuso a cada uno de ellos una pena de treinta (30) años de penitenciaría. La jueza basó su decisión en un análisis exhaustivo de pruebas indiciarias, investigaciones históricas, informes de la Comisión para la Paz y testimonios de otros prisioneros sobrevivientes que escucharon a la joven embarazada y su bebé durante el cautiverio en la sede del SID.

Las defensas de los condenados interpusieron recursos de apelación, argumentando inocencia, falta de pruebas directas sobre el homicidio y la prescripción del delito por el paso del tiempo. El 20 de diciembre de 2018, el Tribunal de Apelaciones en lo Penal emitió la sentencia que confirmó íntegramente la sentencia de primera instancia y mantuvo la condena de 30 años de prisión para todos los imputados.

El Tribunal desestimó la prescripción del delito, argumentando que durante el régimen dictatorial (1973-1985) no existió estado de derecho ni garantías para las víctimas, por lo que el plazo legal para la prescripción estuvo suspendido durante ese período. El fallo también reafirmó que, dadas las características de clandestinidad del accionar militar y la sistemática destrucción de pruebas o cadáveres, la prueba testimonial e indiciaria es válida y plenamente probatoria para establecer la culpabilidad y coautoría de los imputados en estos crímenes de lesa humanidad.

En el año 2010 se decretó el procesamiento y prisión de Juan Carlos Gómez y José Nino Gavazzo como autor y coautor del delito de homicidio muy especialmente agravado de Roberto Gomensoro Josman. No obstante, con fecha 24/12/2013 se dispuso el sobreseimiento y la clausura del proceso respecto de los dos imputados, acogiendo de ese modo la solicitud realizada por el Fiscal Letrado Departamental.

En la causa judicial sobre la desaparición forzada del maestro Julio Castro.

El proceso inició en el año 1985 a raíz de la denuncia de desaparición presentada por Julio Castro Ures, hijo de la víctima. A lo largo de la investigación, el proceso enfrentó demoras, incluyendo una contienda de competencia y la tramitación de excepciones de inconstitucionalidad. En setiembre de 1989, el Poder Ejecutivo consideró que los delitos estaban comprendidos en la Ley de Caducidad (Ley N° 15.848), lo que derivó en la clausura y archivo del expediente.

En el año 2010, el Poder Ejecutivo declaró que el caso de Julio Castro no se encontraba amparado por dicha ley. A partir de ese momento, se dispuso continuar con la investigación penal y en un primer fallo del 6 de marzo del 2021 se dispuso el procesamiento con prisión de Juan Ricardo Zabala Quinteros como cómplice de un delito de homicidio muy especialmente agravado. En esa misma instancia judicial, se denegó el pedido fiscal de procesar a José Nino Gavazzo con el argumento de que existía duda sobre si Gavazzo había asumido el mando efectivo para la fecha del secuestro, o si la orden la pudo haber dado otro jerarca.

Un Tribunal de Apelaciones revisó el fallo de primera instancia tras los recursos interpuestos por la fiscalía y la defensa y en su sentencia del 22 de mayo de 2014 dictaminó la revocación del procesamiento y la prisión de Juan Ricardo Zabala, disponiendo su libertad y la clausura del proceso en su contra. Para liberar a Zabala, el tribunal consideró que su accionar se limitó a cumplir una orden de detención en la vía pública y que no había prueba de su participación en el homicidio del detenido.

Por otro lado, el tribunal revocó la decisión de no imputar a José Nino Gavazzo, decretándose el procesamiento y la prisión preventiva de Gavazzo como coautor de un delito de homicidio. El tribunal concluyó que Gavazzo era el jefe del Departamento III del SID al momento de la detención y que su pretendida ignorancia sobre los hechos carecía de asidero, haciéndolo responsable de la operativa.

El 22 de abril del 2020, tras agotar otras vías legales y luego de que la Suprema Corte de Justicia rechazara los recursos de casación e inconstitucionalidad interpuestos por la defensa, el juzgado emitió la sentencia definitiva de primera instancia. El juez resolvió condenar a José Nino Gavazzo Pereira como coautor penalmente responsable de un delito de homicidio muy especialmente agravado.

La condena estableció una pena de veinticinco (25) años de penitenciaría, descontando el tiempo de prisión preventiva ya cumplida.

Causa colectiva por torturas presentada en año 2011, en que se denunció secuestros, torturas y violencia sexual sobre varias personas en el Batallón 13 y el Centro Clandestino de Detención '300 Carlos'. El expediente judicial recopiló mas de 20 testimonios de estos delitos, por los cuales fueron procesados con prisión, el 3 de junio de 2021 los militares José Nino Gavazzo, Mario Julio Aguerrondo Montecoral, Rudyard Raúl Scioscia Soba, Mario Carlos Frachelle Franco, Mario Manuel Cola Silveira, Ernesto Ramas y Jorge Silveira.

El 1 de diciembre de 2022 fue procesado en esta misma causa, por su participación en secuestros y torturas, el militar retirado Rogelio Garmendia.

El 11 de octubre de 2023 se condenó a Silveira, Aguerrondo, Scioscia, Frachelle y Cola por torturas a penas de entre 9 y 12 años de cárcel. Gavazzo y Ramas, que habían sido procesados en el 2021, fallecieron en el transcurso del proceso penal.

Este es un proyecto colectivo y colaborativo en construcción. Si encontrás algún error u omisión, hacenos llegar tus comentarios AQUÍ