Esta causa judicial refiere a la brutal represión desatada en la ciudad de Treinta y Tres entre el 12 y el 15 de abril de 1975.
El operativo apuntó casi exclusivamente contra adolescentes de entre 13 y 20 años (en su mayoría estudiantes) que militaban en la Unión de Juventudes Comunistas (UJC), además de detener a algunos adultos vinculados al Partido Comunista y al Frente Amplio.
Fueron trasladados al Batallón de Infantería Nro. 10, donde fueron encapuchados, maniatados y obligados a hacer "plantón" (de pie con las piernas y brazos abiertos) durante días enteros, sin agua ni comida, y viéndose forzados a hacer sus necesidades encima. Los interrogatorios, a cargo de la sección de inteligencia (S2), estuvieron acompañados de torturas sistemáticas: golpizas severas, "submarino" en tachos con agua, orina y sangre, picana eléctrica, la técnica del "teléfono" (golpes simultáneos en los oídos) y colgamientos que en ocasiones dislocaban los hombros de las víctimas.
El acta de procesamiento relata un nivel de humillación extremo hacia las adolescentes, quienes declararon haber sido desnudadas y sometidas a tactos vaginales sin guantes en presencia de varios militares, ejecutados por el médico de la unidad bajo la excusa de buscar "enfermedades venéreas". En otro episodio relatado, a un joven le extrajeron piezas dentales a la fuerza y sin anestesia, tragándose sus propias raíces. Las torturas alcanzaron su punto máximo cuando el cuartel recibió la visita del entonces General Gregorio "Goyo" Álvarez, acompañado por un "torturador especializado" traído desde Minas (Pedro Buzó), aplicando castigos descritos como "salvajes".
La jueza rechazó todos los intentos de la defensa por frenar el juicio (quienes alegaron prescripción de los delitos y falta de jurisdicción) y ordenó el procesamiento con prisión por torturas y abusos sexuales de los siguientes indagados:
José María Lete Olascoaga (Alférez en la época): Era uno de los subordinados en el departamento S2 (Inteligencia) de la unidad. Decenas de testimonios de las víctimas lo identificaron directamente (en algunos casos porque se le caía la capucha a la víctima, o por reconocer su voz y sus zapatos) como uno de los oficiales más violentos en los interrogatorios. Se lo señaló participando en las golpizas, en las sesiones de "submarino" y amenazando a los adolescentes. Fue procesado como coautor de reiterados delitos de privación de libertad, reiterados delitos de atentado violento al pudor (vinculado a los vejámenes sexuales a los que fueron sometidas las prisioneras), abuso de autoridad contra los detenidos y lesiones graves.
Rogelio Aníbal Garmendia Olivera (Oficial / Alférez): Múltiples víctimas lo identificaron como el oficial a cargo del operativo inicial de secuestro en sus casas o en la vía pública ("el que nos fue a buscar"). También fue señalado como responsable de trasladar a las adolescentes menores de edad, encapuchadas y en camiones militares, hacia dependencias del Consejo del Niño (INAU) en Montevideo. Además de las capturas, varias víctimas lo ubicaron presenciando y participando en los interrogatorios bajo tortura dentro del Batallón. Fue procesado como coautor de reiterados delitos de abuso de autoridad contra los detenidos, en concurso formal con reiterados delitos de lesiones graves y en concurrencia con reiterados delitos de privación de libertad.
Pedro Enrique Buzó Correa (Capitán): A diferencia de los otros dos, Buzó no estaba asignado a Treinta y Tres, sino que era el Oficial S2 del Batallón de Infantería Nro. 4 en Minas (División de Ejército IV). Fue señalado por los testigos y las víctimas como el militar que llegó la noche del 18 de abril acompañando al General Gregorio Álvarez, siendo presentado ante los detenidos como un experto "que los esperaba con las manos ensangrentadas". Las víctimas atestiguaron que su llegada implicó torturas "más a lo bestia", aplicando colgamientos brutales y asfixia por inmersión. Fue procesado como presunto autor de reiterados delitos de abuso de autoridad contra los detenidos y reiterados delitos de lesiones graves.
