[Desaparición forzada de Elena Quinteros] ARANA, Mariano y otros, su denuncia

La madre de Elena, María del Carmen "Tota" Almeida de Quinteros, Raúl Olivera y Milton Romani, solicitaron el desarchivo de expedientes vinculados a la causa que fueron archivados por la ley de Caducidad, permitiendo que se continuara la instrucción hasta el procesamiento de los denunciados.

Esta causa judicial refiere al secuestro y desaparición de Elena Cándida Quinteros Almeida, maestra de 30 años e integrante del Partido por la Victoria del Pueblo (PVP).

Quinteros fue secuestrada en su domicilio el 24 de junio de 1976 por efectivos del Órgano Coordinador de Operaciones Antisubversivas (OCOA) y llevada al centro clandestino "300 Carlos" (o "Infierno Grande"), donde fue torturada intensamente para que delatara a sus compañeros.

Para que cesaran los apremios, Quinteros fingió que tenía una reunión con un contacto en la zona de Bulevar Artigas y Palmar. En la mañana del 28 de junio de 1976 fue llevada al lugar y, en un descuido de sus captores, corrió hacia los jardines de la Embajada de Venezuela pidiendo asilo político a gritos. Los militares y policías ingresaron por la fuerza al recinto diplomático, forcejearon violentamente con el Consejero y el Secretario de la embajada (lesionando a uno de ellos) y la arrastraron de los cabellos hacia un automóvil Volkswagen verde. Este gravísimo hecho provocó la ruptura de relaciones diplomáticas entre Venezuela y Uruguay el 5 de julio de 1976. Fue devuelta al "300 Carlos", salvajemente torturada durante meses y ejecutada a principios de noviembre de 1976, siendo luego desaparecida.

El 18/10/2002 fue procesado con prisión el ex canciller de la dictadura Juan Carlos Blanco, el  como co-autor de un delito de Privación de libertad. La fiscal Mirtha Guianze había solicitado su procesamiento por desaparición forzada. En el año 2010 se lo condenó a 20 años de penitenciaria por la coautoría de un delito de homicidio muy especialmente agravado.

En un expediente separado, con carátula "LUPINACCI, Julio César. MICHELIN SALOMÓN, Guido. ÁLVAREZ, Álvaro. Attes. DD.HH." (IUE 87-139/2015) se continuaron las actuaciones hasta conseguir el procesamiento de varios represores mas.

La jueza dictaminó el procesamiento de tres exoficiales operativos del OCOA, un organismo que dependía directamente de la División de Ejército N° 1:

  1. Ruben Atilio Sosa Tejera: Se desempeñaba como Jefe de la División de Informaciones de OCOA. Su propio legajo militar de 1976 destaca su "eficacia, valor, resolución y capacidad de mando" en la organización y dirección de operativos para capturar a sediciosos y en la confección de ficheros de detenidos.
  2. Jorge Silveira Quesada: Agente operativo de OCOA. Su legajo personal militar de 1976 documenta su actuación nocturna y de madrugada capturando integrantes de organizaciones subversivas. Además, fue identificado directamente por múltiples testigos y víctimas.
  3. Rudyard Raúl Scioscia Soba: Agente operativo de OCOA, mencionado por testigos y cuyo legajo lo ubica integrando equipos militares encargados de rastrear e informar sobre actividades contrarias al régimen. Su defensa intentó frenar este procesamiento presentando recursos de inconstitucionalidad a último momento, lo cual la jueza desestimó calificándolo como una "clara maniobra dilatoria".

Para Scioscia y Silveira se decretó el procesamiento con prisión, mientras que para Sosa, se le otorgó el beneficio de la prisión domiciliaria.

En agosto de 2025 se procesó con prisión a los militares miembros del Órgano Coordinador de Operaciones Antisubversivas (OCOA): Jorge Silveira, Raúl Scioscia y Rubén Sosa Tejera .

Número
17-414/2003
Estado de la causa
Pedido de procesamiento
No
Año de inicio
1990
Cantidad de víctimas
1
Crímenes de Lesa Humanidad

Lugares asociados a la causa

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