Esta causa, que denuncia múltiples crímenes de lesa humanidad cometidos en Argentina y Uruguay en el marco de la "Operación Cóndor", tuvo su inicio formal en 1984 y experimentó diversas etapas de archivo y desarchivo. La investigación logró desentramar el secuestro, la tortura y el traslado clandestino de decenas de ciudadanos uruguayos, en su mayoría militantes del Partido por la Victoria del Pueblo (PVP) y otros movimientos de izquierda.
El procesamiento del Dr. Ramón Rodríguez de Armas ("Oscar 5"):
En una pieza separada de este expediente (IUE 90-334/2017), el 11 de marzo de 2022 el Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 1° Turno revocó el archivo de la causa y dictó el procesamiento sin prisión del médico ginecólogo militar Ramón Rodríguez de Armas. Fue procesado como presunto coautor de un delito continuado de abuso de autoridad contra los detenidos. Múltiples testimonios de sobrevivientes lo identificaron fotográficamente como el individuo que operaba bajo el alias "Oscar 5" en los centros clandestinos (como la casona del SID y el "300 Carlos"). Su rol consistía en evaluar la resistencia física de los detenidos durante las sesiones de tortura y recetarles medicamentos para disimular su grave deterioro antes de ser presentados ("blanqueados") ante la Justicia Militar. Asimismo, por su especialidad médica y testimonios de las víctimas, se lo vincula con la asistencia en cautiverio de mujeres embarazadas, incluyendo los controles a María Claudia García Iruretagoyena de Gelmán.
La Sentencia Definitiva contra Arab, Silveira, Medina y Soca (2025):
En el expediente principal (90-190/1984), el 30 de abril de 2025 se dictó la Sentencia Nro. 3/2025 (notificada a las partes el 2 de mayo), en la cual se condenó a cuatro exoficiales militares y policiales: José Ricardo Arab, Jorge Silveira Quesada, Ricardo Medina Blanco y Ernesto Soca Prado (un quinto imputado, Ernesto Ramas, falleció durante el proceso, extinguiéndose la acción penal en su contra).
El fallo judicial dio por plenamente probado el siguiente accionar delictivo:
- Entre junio y julio de 1976, fuerzas represivas uruguayas (integrantes del SID y OCOA) operaron en Buenos Aires para secuestrar a ciudadanos exiliados, trasladándolos al centro clandestino de detención "Automotores Orletti". Allí, los acusados participaron activamente en la aplicación de brutales tormentos (colgamientos, picana eléctrica, "submarino" seco y húmedo, violencia sexual y desnudez forzada).
- En la noche del 26 de julio de 1976, los prisioneros fueron maniatados, encapuchados, con los ojos y bocas tapados con cinta, y obligados a abordar un avión militar que los ingresó ilegalmente a Uruguay.
- Al arribar a Montevideo, las víctimas fueron confinadas en centros clandestinos como la "Casa de Punta Gorda" ("Infierno Chico") y la sede del SID (Bulevar Artigas y Palmar), donde los interrogatorios bajo tortura continuaron.
- Para encubrir los secuestros internacionales y darle una apariencia de legalidad a las capturas, los represores orquestaron un falso operativo el 23 de octubre de 1976. Trasladaron a las víctimas a un chalet en Shangrilá y a hoteles céntricos, simulando que acababan de ingresar clandestinamente al país para realizar ataques armados, forzándolas a firmar actas espurias y entregándolas posteriormente a la Justicia Militar.
En estos episodios se destaca el caso de Sara Méndez, a quien le sustrajeron a su hijo Simón (de apenas unos días de nacido) al momento de su secuestro en Argentina, logrando recuperar su identidad 16 años después. Si bien la Fiscalía solicitó condenar a José Arab por el delito de sustracción y supresión de estado civil del menor, el juez lo absolvió de este cargo específico por falta de prueba directa de su participación en ese hecho particular, condenándolo por el resto de los crímenes.
Las Penas Impuestas:
El juzgado determinó las siguientes condenas de penitenciaría, ajustando los años según la responsabilidad funcional de cada represor:
- José Ricardo Arab Fernández: 10 años de penitenciaría, como autor de reiterados delitos de privación de libertad, abuso de autoridad y lesiones graves.
- Jorge Silveira Quesada y Ricardo Medina Blanco: 9 años de penitenciaría, como coautores de reiterados delitos de privación de libertad, abuso de autoridad y lesiones graves.
- Ernesto Soca Prado: 6 años de penitenciaría, como coautor de reiterados delitos de abuso de autoridad y lesiones graves.