Mato Narbondo, Pedro Antonio

Pedro Mato Narbondo estuvo prófugo de la justicia uruguaya desde el año 2013 hasta su detención en Brasil en octubre de 2026. En 2013 abandonó el país luego de que se dictaran medidas judiciales en su contra por graves violaciones a los derechos humanos cometidas durante la dictadura cívico-militar, entre ellas el asesinato bajo torturas del joven albañil Luis Batalla. En 2019, la Fiscalía Especializada en Delitos de Lesa Humanidad reiteró el pedido de captura internacional.

Durante el terrorismo de Estado fue señalado por numerosos testimonios como uno de los represores que participó en la tortura de varias personas secuestradas. Su responsabilidad en crímenes cometidos en el marco de la coordinación represiva regional también fue investigada fuera del país. En 2019 fue condenado a cadena perpetua por la justicia italiana, junto a otros represores, en el proceso judicial sobre el Plan Cóndor, por su participación en la desaparición y homicidio de cuatro ciudadanos de origen italiano en Argentina en junio de 1976. La condena quedó firme en julio de 2021.

A pesar de los requerimientos judiciales, Mato Narbondo logró mantenerse durante más de una década fuera del alcance de la justicia uruguaya. Residía en la ciudad brasileña de Santana do Livramento, en el estado de Rio Grande do Sul, a menos de dos kilómetros de la frontera con Uruguay. En 2019 fue visto en la ciudad de Rivera, donde concurrió a la Brigada de Caballería Nº1 y firmó, sin ninguna consecuencia, la documentación que le permitió continuar percibiendo su jubilación como militar retirado.

Hijo de madre brasileña, en 2003 la justicia federal de Brasil lo reconoció como brasileño nato, condición que la Constitución de ese país protege de la extradición. Por ese motivo, Italia no solicitó su extradición sino la homologación de la sentencia dictada por los tribunales de Roma y la transferencia de la ejecución de la pena a Brasil. El Superior Tribunal de Justiça (STJ) inició el tratamiento del pedido el 15 de abril de 2026. Ese día el juicio fue suspendido por un pedido de vista, pero, ante el riesgo de fuga, el tribunal resolvió por unanimidad imponer medidas cautelares inmediatas: prohibición de salir de Santana do Livramento, tobillera electrónica, retención del pasaporte e inclusión de su nombre en la lista de buscados de la Policía Federal para el control fronterizo.

El 21 de octubre de 2026 la Corte Especial del STJ resolvió, por mayoría, homologar la sentencia italiana y autorizar el cumplimiento inmediato de la pena en territorio brasileño. Dado que la Constitución de Brasil prohíbe las penas perpetuas, la condena fue convertida en 30 años de reclusión, el máximo previsto por el Código Penal brasileño al momento de los hechos. El tribunal rechazó los argumentos de la defensa basados en la Ley de Amnistía brasileña (Ley 6.683/1979) y en la prescripción, al entender que, conforme a la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, esos institutos no pueden impedir la sanción de graves violaciones a los derechos humanos. El pedido de prisión domiciliaria, fundado en su edad (85 años) y en problemas de salud, quedó a resolución del juez de ejecución penal de Santana do Livramento.

El lunes 26 de octubre de 2026, la Policía Federal detuvo a Mato Narbondo en Santana do Livramento y lo trasladó al sistema penitenciario.

Nombre
Pedro Antonio
Apellido
Mato Narbondo
Nacionalidad
Fecha de nacimiento
Grado militar o policial
Coronel (r)
Situación procesal en Uruguay
Situación de reclusión en Uruguay
Situación en extranjero
Condenado en Italia a cadena perpetua, en el jucio al Plan Cóndor. Preso en Brasil luego de la homologación de su pena italiana.

Obras de interés (2)

Sentencia Juicio Plan Cóndor - Corte di assise de apello Roma (2019)
Ficha de obra: Sentencia Juicio Plan Cóndor - Corte di assise de apello Roma
Autoría:

Sentencia de la Corte de Roma sobre el Plan Cóndor, que imputó crímenes de lesa humanidad a represores de Uruguay y la región. La víctimas fueron personas detenidas desaparecidas con ciudadania italiana. El 8 de julio de 2019, luego de dos décadas de proceso judicial, se condenó a cadena perpetua a 12 represores uruguayos.

Las raíces de la violencia y el Escuadrón de la Muerte (1986)
Ficha de obra: Las raíces de la violencia y el Escuadrón de la Muerte
Autoría:

El libro “Las raíces de la violencia y el Escuadrón de la Muerte”, elaborado por el Grupo de Investigaciones Históricas Sociales y Económicas (GIHSE) y publicado en 1986, expone con rigor documental la existencia y funcionamiento de escuadrones parapoliciales y paramilitares en Uruguay durante los años previos a la dictadura, especialmente bajo el gobierno de Jorge Pacheco Areco. 

A partir de las confesiones del agente Nelson Bardesio, secuestrado por el MLN-Tupamaros en 1972, se develan redes de represión clandestina con participación activa de agentes del Ministerio del Interior, militares, civiles ultraderechistas y organismos de inteligencia extranjeros como la CIA y la SIDE argentina.

Entre los principales responsables identificados, destaca Miguel Sofía, apodado “José”, señalado como miembro activo del Escuadrón de la Muerte y colaborador cercano del paraguayo Ángel Pedro Crosas Cuevas. Sofía, integrante de la organización ultraderechista JUP (Juventud Uruguaya de Pie), participó en reuniones secretas donde se planificaban atentados y operativos de represión ilegal. Fue señalado como uno de los responsables directos del secuestro, tortura y asesinato del joven militante Héctor Castagnetto, ocurrido en agosto de 1971. Según Bardesio, Castagnetto fue detenido, trasladado a una casa alquilada por el Ministerio del Interior, interrogado bajo tortura y posteriormente ejecutado, siendo su cuerpo arrojado al río.

El texto también documenta otros crímenes impunes asociados a los escuadrones. Entre ellos, la ejecución de Manuel Ramos Filippini, cuyo cuerpo acribillado apareció en la costa de Pocitos en julio de 1971, con participación del subcomisario Delega y otros agentes. Asimismo, se recuerda la desaparición forzada de Abel Adán Ayala, estudiante de medicina vinculado al Servicio Policial de Asistencia Médica, de quien no se supo más desde julio de 1971. Otra víctima fue Ibero Gutiérrez González, joven militante hallado muerto en febrero de 1972 con un mensaje firmado por el autodenominado “Comando Caza Tupamaros (CCT)”, una de las estructuras del Escuadrón de la Muerte.

El texto denuncia que estos crímenes fueron planificados y ejecutados con conocimiento y apoyo de autoridades civiles y miembros de organismos de inteligencia, con recursos y vehículos oficiales, y respaldo logístico internacional. Las confesiones de Bardesio fueron grabadas y distribuidas por el MLN a autoridades políticas, sin que se iniciaran investigaciones oficiales.

Materiales de interés (1)

Prensa y publicaciones seriadas (2)

Crítica      
Colaboradora      
Clandestina      
De la transición      
Posdictadura      
Extranjera      

Medio:

El sábado 19 de abril de 1986, El País publicó en sus páginas 10, 11, 12 y 20, bajo en la sección “El Duende de la Trastienda”, a cargo del periodista Daniel Herrera Lussich, la transcripción de las sesiones secretas del 7 y 8 de abril de la Comisión Investigadora de la Cámara de Representantes sobre el secuestro y asesinato de Zelmar Michelini y Héctor Gutiérrez Ruiz.

Creada en abril de 1985, la Comisión había recibido el testimonio de una enfermera, identificada en la nota como H. T.

Ella declaró que a fines de mayo de 1976 un oficial del Ejército, al que la publicación llama “Z”, le confesó haber matado a Michelini y haber cobrado por hacerlo. La prensa identificó luego a ese oficial como el capitán Pedro Mato. El 8 de abril la Comisión hizo un careo con un segundo testigo, J. D. S., que negó haber escuchado la confesión. Por unanimidad, la Comisión resolvió enviar los testimonios, con carácter reservado, a la Suprema Corte de Justicia y al Poder Ejecutivo. Ese mismo día, el diputado Edison Rijo advirtió en la sesión que ya circulaban versiones de prensa sobre lo actuado el día anterior.

El diario El País reconoció que las actuaciones estaban “rodeadas de absoluta reserva”. Aun así, publicó los textos casi completos. Sustituyó los nombres por iniciales, pero dejó datos que permitían identificar y exponer a las testigos: lugares de trabajo, barrios y atentados sufridos. También incluyó los pasajes en que se ponía en duda la salud mental de la enfermera. Para justificar la publicación invocó declaraciones previas del ministro de Defensa, Juan V. Chiarino.

Las actas fueron remitidas por el Ministerio de Defensa a la jurisdicción militar. El Ministro argumentó que por una resolución interna del Poder Ejecutivo de abril de 1985, todo caso con militares presuntamente involucrados debía ir a la Justicia Militar.

La testigo principal (Haydeé Trías) recibió tres citaciones de la Justicia Militar, que IELSUR y SERPAJ denunciaron como intimidatorias.

Según testimonios posteriores, otros testigos fueron amenazados o agredidos.

La Comisión presentó una denuncia penal por violación del secreto. Herrera Lussich se amparó en el secreto profesional, y nunca se identificó a quien entregó los documentos.

Consecuencias de la filtración:

La investigación quedó sin garantías. En la sesión del 13 de octubre de 1987, el diputado Yamandú Fau sostuvo que quienes entregaron las actas no querían el esclarecimiento y que, desde entonces, ningún testigo podía confiar en la reserva: “Habían triunfado quienes no querían el esclarecimiento de estos hechos”. La Comisión cerró sin identificar a los autores materiales. Entre tanto, en diciembre de 1986, se aprobó la Ley de Caducidad.

La filtración causó un serio perjuicio al trabajo de la comisión investigadora, lo que sumado a la votación de la ley de caducidad, bloqueó durante décadas la línea de investigación que apuntaba a los autores materiales uruguayos de los crímenes. En 2020, el juez federal argentino Daniel Rafecas pidió las actas para la causa Bacacay. En 2021, las familias denunciaron ante la Fiscalía de Lesa Humanidad la búsqueda de los ejecutores, y el fiscal Ricardo Perciballe trabajó con esas versiones taquigráficas. Pedro Mato Narbondo nunca respondió ante la justicia uruguaya por estos crímenes. Prófugo desde 2013, fue condenado en Italia en 2019 a cadena perpetua por la muerte de cuatro ciudadanos italianos en el marco del Plan Cóndor. El 21 de octubre de 2026, el Superior Tribunal de Justicia de Brasil homologó esa sentencia para que cumpla en ese país una pena de 30 años de cárcel, donde es ciudadano.

       Siempre se vuelve al primer amor (28/8/2020)
Medio:
Autoría:

Nota que aborda el cobro de las jubilaciones en el exterior por parte de militares prófugos de la justicia por delitos de lesa humanidad. En particular se describe el caso del prófugo Pedro Mato Narbondo residente en la ciudad fronteriza con Uruguay, Santa Ana do Livramento (Brasil), desde donde cruzó en la frontera y firmó en una repartición militar en 2020, la "fé de vida" (documento que habilita el cobro de jubilación).

Causas judiciales (1)

El Juicio de Roma al Plan Cóndor, es una mega causa, por la cual se condenó a civiles y militares de Bolivia, Chile, Perú y Uruguay a cadena perpetua por el asesinato y desaparición de ciudadanos italianos en el marco del Plan Cóndor. Los uruguayos condenados fueron Pedro Mato Narbondo, José Nino Gavazzo, Ricardo Arab, Ricardo Medina, Luis Maurente, José Sande Lima, Ernesto Soca, Ernesto Ramas, Jorge Silveira, Gilberto Vázquez, Juan Carlos Blanco, Juan Carlos Larcebeau y  Jorge Tróccoli. Exceptuando a este último, el resto ya había sido condenado en Uruguay por causas de lesa humanidad.

El 9 de julio de 2021 la Suprema Corte de Justicia de Italia, ratificó las condenas. El represor Jorge Tróccoli que se encontraba prófugo de la justicia uruguaya desde 2007 y residiendo en Italia, fue conducido a cumplir con prisión efectiva su condena el 10 de julio.

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