1972
14 de abril
Desde 1968, al amparo de la Doctrina de la Seguridad Nacional, el Estado uruguayo ejerció una represión sistemática —tortura, persecución y comandos parapoliciales que asesinaban y desaparecían militantes—, denunciada en el Parlamento. En ese marco, la mañana del 14 de abril de 1972, el MLN-T ejecutó a cuatro integrantes del «Escuadrón de la Muerte»; esa misma tarde la respuesta estatal fue, en palabras del dictamen fiscal, un «ostensible desborde institucional»: las fuerzas conjuntas ejecutaron a ocho personas en Montevideo.
en la jornada
fuerzas del Estado
de lesa humanidad
imputados
Desde el 13 de junio de 1968, al amparo de las Medidas Prontas de Seguridad, el Estado aplicó la tortura como regla y clausuró prensa y partidos de izquierda. Efectivos policiales asesinaron en manifestaciones pacíficas a los estudiantes Líber Arce, Susana Pintos y Hugo de los Santos.
En torno a la Dirección Nacional de Información e Inteligencia, con la aquiescencia de las jerarquías del Ministerio del Interior, operaron comandos parapoliciales —el «Escuadrón de la Muerte» o «Comando Caza Tupamaros»— integrados por policías, militares y civiles. Sus crímenes fueron denunciados en el Parlamento, que creó en 1969 una comisión investigadora a solicitud de la Senadora Alba Roballo.
Tras condenar a muerte publicamente a integrantes del Escuadrón, comandos de las columnas 10 y 15 ejecutaron cuatro atentados casi simultáneos. La justicia militar condenó a sus autores con confesiones obtenidas bajo tortura.
Emboscada a un móvil de la DNII
Un comando de la columna 15 intercepta con una camioneta el automóvil del Departamento 5 de la DNII y dispara con armas automáticas. Mueren en el acto el subcomisario Oscar Delega y el agente Carlos Leites; el custodio Facundo Goñi queda gravemente herido.
Ejecución del capitán Motto
Con una camioneta rapiñada, cuatro tupamaros abordan al capitán de corbeta Ernesto Motto al salir de su casa. Recibe unos quince balazos y muere de forma instantánea.
Francotiradores contra Acosta y Lara
Apostados en la azotea de la iglesia metodista, francotiradores del MLN-T disparan contra el exsubsecretario del Ministerio del Interior al subir a su auto. Cuatro balas lo alcanzan; su esposa y su custodio resultan heridos.
Tiroteo en un operativo frustrado
Un intento de secuestro contra el integrante del Escuadrón de la Muerte Miguel Sofía se aborta. En una persecución y tiroteo con la policía mueren dos militantes del MLN-T y queda herido el subcomisario Reyes Moreira. La investigación fiscal considero el hecho como una «respuesta de las FF.CC. a una acción fallida».
Esa tarde, los operativos quedaron en manos de los mismos jefes policiales que las «actas Bardecio» habían señalado como integrantes del «Escuadrón de la Muerte». El director de la DNII, inspector Víctor Castiglioni, resolvió «golpear al enemigo»: no avisó al juez de turno ni pidió órdenes de allanamiento ni de detención.
Casa de familia que albergaba a dos dirigentes tupamaros clandestinos. Unos 40 militares del Batallón de Infantería N.º 1 al mando del capitán Carlos Calcagno, junto a policías de la DNII del subcomisario Hugo Campos Hermida, rodearon la finca y abrieron fuego desde el exterior. Calcagno derribó la puerta a tiros e irrumpió. La casa y sus integrantes eran vigilados y escuchados por la Dirección de Inteligencia desde hacía semanas.
Luis Martirena e Ivette Giménez estaban desarmados. Él gritó que era una casa de familia; fue acribillado en la planta alta. Ella fue ejecutada con varios disparos en el rostro en la planta baja. Las dos hijas del matrimonio se encontraban estudiando en la escuela y el liceo. La autopsia histórica de la Facultad de Medicina concluyó: «compatible con ejecución».
A pocas cuadras, otro operativo a cargo del capitán de fragata Jorge Nader reunía a militares y agentes de la DNII. Adentro, cuatro jovenes militantes del MLN-T —que habían acordado no llevar armas— se disponían a evaluar las acciones del día mientras almorzaban.
Sin orden de allanamiento, las fuerzas abrieron fuego, derribaron la puerta e irrumpieron. Las víctimas fueron acribilladas y quienes sobrevivieron, rematadas: desde Amazonas se había dado la directiva de «no dejar sobrevivientes». Los dueños de casa, padre y madre de Horacio Rovira, llegaron luego y fueron detenidos y torturados.
Los operativos de Amazonas y Pérez Gomar estuvieron a cargo de la Dirección Nacional de Información e Inteligencia (DNII) con apoyo del Batallón de Infantería N.º 1 - Florida.
La jornada abrió el «camino democrático al autoritarismo». La violencia estatal continuó y se intensificó sobre toda disidencia social y política, el marco legal habilitó la represión sistemática.
Estado de guerra interno
Por los decretos 277 y 278 de 1972 se declara el estado de guerra interno y se suspende la seguridad individual. La justicia militar es habilitada a intervenir en el juzgamiento de civiles.
Masacre en la Seccional 20 del PCU
Un operativo de las fuerzas conjuntas ejecutó a ocho obreros y militantes comunistas que se encontraban, desarmados, en un local partidario en Agraciada y Valentín Gómez. El Partido Comunista era entonces una fuerza política legal con representación parlamentaria.
Ley de Seguridad del Estado N.º 14.068
Habilita, en abierta contradicción con la Constitución, el juzgamiento de miles de civiles por la justicia militar. La tortura se generaliza como herramienta de terror y control social.
Quedó desmentida la versión oficial del «enfrentamiento».
Las fuerzas policiales y militares actuaron sin orden judicial alguna, sin hipótesis de flagrancia y sin haber sido atacadas previamente. No hubo el tiroteo que afirmó el Comunicado N.º 73 de las fuerzas conjuntas.
En las casas de Amazonas 1440 y Pérez Gomar 4392 las víctimas fueron ejecutadas por sus victimarios. Las autopsias históricas de la Facultad de Medicina las describen como muertes «compatibles con ejecución».
Se trata de homicidios caracterizados como crímenes de lesa humanidad —imprescriptibles y no amparados por ninguna excepción de responsabilidad—, cometidos por agentes del Estado dentro de un plan sistemático de persecución.
Ningún órgano del Estado investigó los hechos en su momento: ni la justicia ordinaria ni la militar. Décadas después, no se pueden formular imputaciones porque todos los responsables identificados están fallecidos.
La impunidad instaurada por la dictadura —y continuada por los primeros gobiernos de la restauración de la institucionalidad democrática— impidió durante décadas la investigación y el pronunciamiento judicial de condena sobre las personas imputadas por los crímenes. Así se consumó la impunidad biológica de los represores militares y policiales responsables, y de los civiles que sostuvieron la complicidad o la justificación de esos crímenes.