Condenas

En esta causa de la justicia militar, referida al asesinato en torturas de Vladimir Roslik se condenó al Teniente Coronel Mario Alfredo Olivera Hutton por "omisión en el servicio" y al Mayor Sergio Héctor Caubarrere Barrón como autor responsable de los delitos "ataque a la fuerza moral de las Fuerzas Armadas, por abuso de autoridad" y por "Homicidio culpable". Fueron condenados a cumplir 6 meses de prisión y 2 años respectivamente, de los cuales fueron descontados los meses de arresto previos mientras duraba el juicio. Esto significó que Olivera quedara libre y Caubarrere cumpliera 4 meses y 18 días de prisión.

El expediente refiere que el interrogatorio con torturas de Roslik fue supervisado por Caubarrere y en él se encontraban presentes los Capitanes Daniel E. Castellá, Jorge R. Soloviy y Héber L. Calvetti, los Tenientes 1ros Dardo I. Morales y Oscar A. Lauber, los Tenientes 2dos Luis P. Estebenet, Rodolfo G. Costas y Alberto J. Loitey y los Alféreces Edgardo Favier y Nelson F. De los Santos. En el despacho continuo a la sala donde se torturó a Roslik se encontraban el Cabo de 1ra Ubaldino Miranda, el Cabo de 2da. Julio R. García y el Soldado de 1ra Agustín F. García.

El resto de los militares participantes del secuestro, interrogatorio y tortura quedaron impunes. La sentencia de este causa fue divulgada por primera vez el 31 de julio de 2021, a partir de un pedido de información publica cursada por el medio de prensa "La Diaria".

En esta causa judicial se condenó a los represores José Nino Gavazzo y Ricardo Arab como autores responsables de 28 delitos de homicidio muy especialmente agravados, a la pena de 25 años de penitenciaría por su participación en la secuestro, torturas, asesinato y desaparición de ciudadanas y ciudadanos uruguayos en Argentina en 1976, en el marco de la coordinación conocida como Plan Cóndor.

El procesamiento de Gavazzo y Arab había tenido lugar en la causa 2-43332/2005 en la cual también habían sido procesados Ernesto Ramas, Jorge Silveira, Ricardo Medina, Luis Maurente, José Sande Lima y Gilberto Váquez. Estos últimos fueron condenados en dicha causa a penas de entre 20 y 25 años de penitenciaría. Por su parte, Gavazzo y Arab recibieron penas de 25 años de penitenciaría.

Causa que condenó a represores por su participación en la secuestro, torturas, asesinato y desaparición de 28 ciudadanas y ciudadanos uruguayos en Argentina en 1976, en el marco de la coordinación conocida como Plan Cóndor. En el año 2006 se procesó a los represores Ernesto Ramas, Jorge Silveira, José Gavazzo, Ricardo Medina, José Arab, Luis Maurente, José Sande Lima y Gilberto Váquez, con prisión preventiva por un delito de privación de libertad con un delito de asociación para delinquir. Si bien en la indagatoria se mencionaban mas víctimas, la única considerada en esta instancia fue Adalberto Waldemar Soba Fernández, ya que era el único caso excluido de la Ley de Caducidad de los mencionados.

En el año 2009 se terminó procesando a Silveira, Vázquez y Ramas como autores responsables de 28 delitos de homicidio muy especialmente agravados en reiteración real, con penas de 25 años de penitenciaría, mientras que a Maurente, Medina y Sande Lima por los mismos delitos se los condenó a 20 años de penitenciaría. Los otros dos procesados originalmente, José Gavazzo y Ricardo Arab, fueron condenados en la causa 98-247/2006 cuya sentencia se dictó el mismo día y también recibieron penas de 25 años de penitenciaría.

En el año 2007 se procesó por esta causa al ex dictador Gregorio Álvarez y al represor Juan Carlos Larcebeau, por reiterados delitos de desaparición forzada, llevados a cabo en el marco de la coordinación represiva Plan Cóndor. Dos años mas tarde, se condenó a Álvarez como autor de treinta y siete delitos de homicidio muy especialmente agravados y a Larcebeau como autor de veintinueve delitos de homicidio muy especialmente agravados. Las penas a cumplir fueron de veinticinco y veinte años de penitenciaría respectivamente.

En esta causa, se procesó el 20/12/2006 al ex dictador Juan María Bordaberry por 10 delitos de homicidio. Cuatro años mas tarde se dictó la condena definitiva, imputándosele los delitos de atentado a la Constitución con 9 crímenes de desaparición forzada y 2 homicidios políticos, condenándolo a 30 años de prisión.

IUE: 17-414/2003 "ARANA, Mariano y otros, su denuncia"

En esta causa, referida a la desaparición forzada de la maestra Elena Quinteros, fue procesado con prisión el ex canciller de la dictadura Juan Carlos Blanco, el 18/10/2002 como co-autor de un delito de Privación de libertad. En el año 2010 se lo condenó a 20 años de penitenciaria por la coautoría de un delito de homicidio muy especialmente agravado.

IUE: 98-212/2010 "SOCA PRADO, Ernesto"

El 11/09/2006 se procesó a Ernesto Soca Prado con prisión y posteriormente se lo condenó por 28 delitos de homicidio muy especialmente agravados a 15 años de penitenciería. Los crímenes se cometieron en Argentina y Uruguay en el marco de la coordinación represiva del Plan Cóndor.

En mayo de 2006 se llevó a cabo la petición inicial ante la CIDH en relación a los delitos de desaparición forzada de María Claudia García de Gelman, la apropiación de identidad de María Macarena Gelman García y la denegación de justicia a Juan Gelmán, Macarena y otros familiares y la impunidad existente a causa de la aplicación de la Ley de Caducidad en Uruguay.

El 9 de marzo de 2007 la Comisión adoptó el Informe de Admisibilidad en el cual declaró la admisibilidad del caso y el 21 de enero de 2010 la CIDH finalmente presentó la demanda contra Uruguay.

El 24 de febrero de 2011 se emite la sentencia condenatoria al Estado Uruguayo en la que se detallan las recomendaciones y reparaciones dictadas por La Corte.

Condenados:

Por esta causa se procesó el 16/11/2006 al ex canciller de la dictadura Juan Carlos Blanco y al dictador Juan María Bordaberry como coautores de los homicidios muy especialmente agravados de Zelmar Michelini, Héctor Gutiérrez Ruiz, William Whitelaw y Rosario Barredo, ocurridos en Buenos Aires (Argentina) en mayo de 1976, en el marco de la coordinación represiva Plan Cóndor. En el año 2011, fueron condenados a cumplir una pena de 30 años de penitenciaría por estos delitos.

Se condenó a Enrique Ribero Ugartemendia y a José Uruguay Araújo Umpiérrez a 19 y 17 años de penitanciaría respectivamente como coautores de homicidio político agravado como crimen de lesa humanidad de Ubagesner Chaves Sosa. Los hechos ocurrieron el el centro clandestino de detención y tortura de la ex base Aérea de Boiso Lanza en 1976 y el cuerpo de Chaves Sosa se ubicó en 2005 en la llamada Chacra de Pando (Canelones).

En esta causa se condenó a los represores Pedro Freitas y Nelson Bardecio como co-autores del homicidio muy especialmente agravado del estudiante Héctor Castagnetto Da Rosa, a cumplir penas de 15 años y 6 meses de penitenciaria.

IUE: 97-397/2004 "SABALSAGARY Nibia, su muerte"

En esta causa judicial referida al asesinato de Nibia Sabalsagaray fueron procesados en el año 2010 los represores Miguel Dalmao y José Chialanza como coautores de homicidio especialmente agravado. La defensa de Chialanza presentó un recurso ante la Suprema Corte de Justicia de inconstitucionalidad, por lo que la sentencia de condena, emitida en el año 2013, solo se dictó para Miguel Dalmao, encontrándolo culpable de un delito de homicidio muy especialmente agravado y condenándolo a 28 años de penitenciaria. Chialanza falleció al año siguiente.

Con fecha 06/06/2011 se dictó el procesamiento con prisión del represor Tranquilino Machado Badaracco por el homicidio del estudiante Ramón Roberto Peré Bardier. Dos años mas tarde se lo condenó a 4 años de prisión por ese delito. La condena por esta causa judicial fue cumplida.

El juicio se desarrolló a partir de dos causas que llegaron a juicio por separado, conocidas como Operación Cóndor y Automotores Orletti. En conjunto, totalizan los casos de 174 víctimas con nacionalidad de la mayoría de los países que integraron la Operación Cóndor, de las cuales 45 eran uruguayos. La sentencia fue dada a conocer el 27 de mayo de 2016 y entre otros represores, se condenó a Manuel Cordero a 25 años de prisión por ser partícipe necesario y penalmente responsable del delito de privación ilegítima de la Libertad, en perjuicio de Washington Cram, Alberto Mechoso, León Duarte, Ruben Prieto, Ari Cabrera, Adalberto Soba, José Méndez, Francisco Candia, María Islas Gatti de Zaffaroni, Jorge Zaffaroni y María Claudia García Irureta Goyena de Gelman.

Por la resolución No. 2278 procesó a Arab, Vázquez, Silveira, Medina y Gavazzo por homicidio muy especialmente agravado de María Claudia García Irureta Goyena de Gelman. En el año 2017 se dictó sentencia de condena a 30 años de penitenciaria a estos represores por dicho delito. Un tribunal de apelaciones confirmó en el año 2018 la sentencia de condena.

IUE: 2-53193/2010 "PERRINI Aldo, su muerte"

En esta causa judicial, que refiere al homicidio político de Aldo Perrini, se procesó a los represores Pedro Ramón Barneix Mattiuda y José Tomás Puigvert Balerio. La víctima murió por las torturas recibidas en el Batallón de Ingenieros Nº 4 del Departamento de Colonia. Barneix se suicidó al enterarse de dicho procesamiento. La causa judicial continuó, y finalmente Puigvert fue condenado como coautor de homicidio político a 22 años de penitenciaría en el año 2019. En junio de 2020 el Tribunal de Apelaciones confirmó su condena.

Ante un recurso de casación interpuesto por la defensa de Puigvert, el 17 de junio de 2021 la Suprema Corte de Justicia ratificó el fallo de la Sentencia de Condena, por el asesinato político bajo torturas de Aldo Perrini Guala.

Se proceso en 2017 con prisión a Rodolfo Gregorio Álvarez Nieto por un crimen de tortura en concurso formal con un delito de Abuso de autoridad contra los detenidos. En junio de 2019 se condenó al represor por tres delitos de encubrimiento con tres delitos de privación de libertad en calidad de co autor, a 6 años de penitenciaría. Los crímenes ocurrieron en el centro clandestino de detención y tortura de La Tablada (Montevideo), operado por el Organismo Coordinador de Operaciones Antisubversivas (OCOA). El 2 de setiembre de 2020 el Tribunal de Apelaciones (TAP) ratifica la sentencia condenatoria.

El Juicio de Roma al Plan Cóndor, es una mega causa, por la cual se condenó a civiles y militares de Bolivia, Chile, Perú y Uruguay a cadena perpetua por el asesinato y desaparición de ciudadanos italianos en el marco del Plan Cóndor. Los uruguayos condenados fueron Pedro Mato Narbondo, José Nino Gavazzo, Ricardo Arab, Ricardo Medina, Luis Maurente, José Sande Lima, Ernesto Soca, Ernesto Ramas, Jorge Silveira, Gilberto Vázquez, Juan Carlos Blanco, Juan Carlos Larcebeau y  Jorge Tróccoli. Exceptuando a este último, el resto ya había sido condenado en Uruguay por causas de lesa humanidad.

El 9 de julio de 2021 la Suprema Corte de Justicia de Italia, ratificó las condenas. El represor Jorge Tróccoli que se encontraba prófugo de la justicia uruguaya desde 2007 y residiendo en Italia, fue conducido a cumplir con prisión efectiva su condena el 10 de julio.

IUE: 87-289/1985 "CASTRO URES, Julio, Denuncia"

En la causa judicial sobre la desaparición forzada del maestro Julio Castro, fue procesado Juan Ricardo Zabala Quintero en el año 2012. A partir de una apelación el Tribunal de Apelaciones de 4to Turno revocó el procesamiento de Zabala y procesó en esa ocasión a José Nino Gavazzo. En el año 2020 Gavazzo fue condenado a 25 años de penitenciaria como co autor del homicidio muy especialmente agravado de Julio Castro.

IUE: Rol N° 2182-98 "Uruguayos: Alberto Fontella y Otros [Chile]"

En el juicio refiere a la desaparición forzada en Chile de los uruguayos Alberto Fontela Alonso, Juan Ángel Cendán Ahumada y el ciudadano brasileño Tulio Quintiliano Cardoso en el marco de las coordinaciones represivas de las dictaduras urugaya y chilena. El 8 de febrero de 2021, la Corte de Apelaciones de Santiago condenó a los represores chilenos Jorge Luis Tapia Castillo y Rafael Francisco Ahumada Valderrama a 10 años y un día de presidio, en calidad de autores de los delitos.

Condenados:

Por esta causa judicial, se procesó y condenó al represor Leonardo Vidal Antúnez por el homicidio del militante tupamaro Nelson Simón Berreta Hernández a cumplir una pena de 8 años de prisión efectiva con descuento de la prisión preventiva ya cumplida. La víctima fue ametrallada por la espalda en la vía pública mientras se encontraba esposado.

La denuncia de este delito fue realizada en el marco de las denuncias en comisarías de octubre de 2011.

El represor falleció en prisión el 3 de diciembre de 2021.

El 11 de noviembre de 2005, se presentó la petición inicial ante la CIDH relacionada con la falta de investigación, sanción y reparación de las desapariciones forzadas de Mario Roger Julien Cáceres y Victoria Lucía Grisonas Andrijauskaite, así como otras violaciones a los derechos humanos de los hijos del matrimonio, Anatole y Victoria.

El 4 de mayo de 2019 la Comisión aprobó el Informe de Admisibilidad por el cual se admitió la petición.

Los días 21 y 23 de setiembre de 2021 se emitió la sentencia condenatoria al Estado Argentino en la que se detallan las recomendaciones y reparaciones dictadas por la CIDH

Condenados:
IUE: 288-835/2011 "G. P., L. y otros. Sus Denuncias"

Por esta causa se procesó el 18/02/2019 a los represores Plácido Gregorio Amorin Eraso, y Artigas Walter Rivera Bianchi por la comisión prima facie de un delito continuado de abuso de autoridad contra los detenidos. Por los mismos delitos, el 04/08/2020 fue procesado el militar Víctor Stocco. Las personas que los denunciaron refieren a las torturas a las que fueron sometidas en el Batallón de Ingenieros Nº 4 de Laguna del Sauce (Departamento de Maldonado). La mayoría de los denunciantes eran en el momento de ocurridos los crímenes, estudiantes de entre 18 y 20 años de edad que integraban grupos que se dedicaban a realizar propaganda contra la dictadura mediante pintadas en muros, volantes, etc.

Por esta misma causa, se acusó al médico de esa unidad militar, el Dr. José Luis Braga Rosado, quien colaboraba con las torturas a los detenidos. En el año 2020 un juez considerara que no había mérito para procesar a Braga y que la causa en su contra se archivara. Ese mismo año se pidió el desarchivo de la misma, y el 23 de agosto de 2023 se logró el procesamiento de este médico.

El 15 de agosto de 2007, impulsada por IELSUR se presentó la petición inicial ante la CIDH relacionada con la falta de investigación y sanción de los asesinatos de Diana Maidanik, Silvia Reyes y Laura Raggio (las "Muchachas de abril"), el 21 de abril de 1974. Asimismo, el caso se denunció la falta de investigación y sanciones referidas a los delitos de desaparición forzada de Luis Eduardo González González y Óscar Tassino Asteazu, a partir del 13 de diciembre de 1974 y del 19 de julio de 1977, respectivamente.

El El 8 de noviembre de 2012 la Comisión aprobó el Informe de Admisibilidad por el cual se admitió la petición.

El 15 de noviembre de 2021 se emitióla sentencia condenatoria al Estado uruguayo en la que se detallan las recomendaciones y reparaciones dictadas por La Corte. El 15 de junio de 2023 el Estado uruguayo realizó en el Palacio Legislativo un acto de asunción de su responsabilidad, encabezado por la vicepresidenta Beatriz Argimón y con la ausencia inexplicada del Presidente Luis Lacalle Pou

Condenados:
IUE: 88-209/2011 "MORALES Iván, su muerte"

Se decretó el procesamiento con prisión de Lawrie Rodríguez Freire bajo la imputación prima facie de un delito de homicidio muy especialmente agravado en calidad de co autor. La víctima Iván Morales Generalli, de 24 años de edad era militante de izquierda y es asesinado por las torturas recibidas en el Regimiento de Caballería N° 6. El procesamiento fue emitido el 26/03/2020, el cual fue apelado y recibió la confirmación de parte de un Tribunal de Apelaciones el 11/09/2020. Finalmente, la condena fue emitida el 31/03/2022.

IUE: 2-110255/2011 "ARZUAGA Lucía y otras, denuncia"

El 28 de octubre de 2011, 28 ex presas políticas presentaron una denuncia colectiva por torturas y violencia sexual durante la dictadura. La denuncia penal menciona a más de 100 agresores, la mayoría militares aunque también hay médicos, psicólogos y policías.

En el marco de esta causa, se procesó en el año 2015 a Héctor Amodio Pérez. Dicho procesamiento fue revocado al año siguiente.

Por esta causa, también fue procesado, en el año 2016, a Asencio Lucero aunque la imputación fue por delitos de privación de libertad y no por abuso sexual. Lucero murió ese mismo año en el Hospital Militar.

La causa se comenzó a reactivar a partir de la creación de la Fiscalía Especializada en delitos de lesa humanidad, en el año 2018.

Exceptuando los dos procesamientos, uno de los cuales fue revocado, la causa no habia tenido prácticamente avances significativos en sus casi 10 años en la justicia. Eso motivo que el pasado 18 de marzo de 2021 se realizó la presentación de la falta de acceso a la justicia en una audiencia pública ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

El 19 de marzo de 2021 se procesó con prisión a los represores Antranig Ohannessian y Jorge Silveira (este ya en prisión con anteriores condenas por delitos de lesa humanidad) por múltiples delitos de privación de libertad, lesiones graves y atentado violento al pudor. La condena a estos dos represores fue emitida el 22 de marzo de 2022, decretándose la pena de ocho años y seis meses de penitenciaría con descuento de la preventiva cumplida a Ohannessian y doce años y seis meses de penitenciaría con descuento de la preventiva cumplida a Silveira.

El 20 de diciembre de ese año, fueron procesados Omar Raúl Lacasa Antelo y Ramón Tuccelli Rodríguez por torturas y abusos sexuales contra detenidas.

IUE: 96-10504/1986 "ALTER Gerardo, su muerte"

En esta causa, referida al asesinato de Gerardo Alter, se procesó a Arturo Aguirre Percel y Alberto Gómez Graña como co-autores de un homicidio muy especialmente agravado en el año 2011. El 16 de setiembre de 2016, se libró sentencia definitiva contra Aguirre, condenándolo a cumplir 21 años de penitenciaría por ese delito. Gómez por su parte, había fallecido en el año 2013.

El 21/10/21 se procesó con prisión al represor Amando Méndez Cabán por un delito de homicidio muy especialmente agravado. El 5/12/2022 se lo condenó, por esta misma causa, por los delitos de secuestro, torturas y homicidio a 24 meses de prisión.

IUE: 91-250/2011 "SOFIA ABELEIRA, Miguel Antonio, su situación"

En esta causa referida a la desaparición forzada del estudiante Héctor Castagnetto, fue procesado con prisión el represor Miguel Sofía el 10 de julio de 2020 como responsable de un delito de asociación para delinquir y la coautoría de un delito de homicidio muy especialmente agravado. El 3 de marzo de 2021 el Tribunal de Apelaciones ratificó su procesamiento.

Sofía integró el grupo parapolicial conocido como "escuadrón de la muerte" y se lo consideró autor penalmente responsable de un delito de asociación para delinquir y la coautoría de un delito de Homicidio muy especialmente agravado contra Castagnetto.

El 8 de diciembre de 2022 Sofía fue condenado y en febrero de 2024 el Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 3er. Turno ratificó la condena

Esta causa judicial refiere a las torturas cometidas en el Batallón de Infantería No. 6 de la ciudad de San José, principalmente contra jóvenes militantes del Partido Comunista de Uruguay.

El 30 de junio de 2022, los militares Rubens Francia y Francisco Macaluso fueron formalizados y al año siguiente, condenados por privación de libertad y torturas a los detenidos a una pena de 12 años y 6 meses de cárcel. Los condenados apelaron el fallo. La condena fue confirmada por el tribunal de apelaciones el 14 de febrero de 2024.

IUE: 2-65903/2019 "VITALE ANTONACCI, WISTHÓN y otros"

Se decretó la prisión preventiva contra Hugo Orestes Guillén, Wisthón Mario Vítale y Alejandro Ariel Ferreira por el término de 120 días en el marco de la acusación por torturas en los centros clandestinos de detención y tortura Los Vagones de la ciudad de Canelones.

Habiendo fallecidos los procesados Guillén y Vitale, entre diciembre y febrero de 2022 se llevaron adelante las audiencias del juicio oral y público contra Ferreira. Este último fue condenado por torturas en los Vagones y sentenciado a nueve años de prisión, el 6 de marzo de 2023.

Esta causa referida a torturas y abusos sexuales cometidos en dependencias de la Dirección Nacional de Información e Inteligencia tuvo su origen en la denuncia colectiva del año 2011 por parte de mas de 40 víctimas, que eran miembros de la Unión de Juventudes Comunistas en la década de 1970. A esta causa se incorporó una causa anterior 'ALSINA Gustavo y otros, denuncia', también por torturas, que había sido presentada en 1985.

Por estos delitos de lesa humanidad, en julio del 2020 se procesó con prisión a los represores Jorge Guldenzoph, ex militante de la Unión de Juventudes Comunistas que actúo como delator, torturador y abusador sexual durante la dictadura cívico-militar uruguaya y el oficial policial José Felisberto Lemos. Los delitos que se les imputaron en el procesamiento fueron de abuso de autoridad contra los detenidos y privación de libertad.

El 15 de febrero de 2024, se condenó a Guldenzoph a cumplir 10 años de cárcel por los delitos de tortura, secuestro y abuso sexual.

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