Privación de libertad
Se decretó la prisión preventiva contra Hugo Orestes Guillén, Wisthon Mario Vítale y Alejandro Ariel Ferreira por el término de 120 días en el marco de la acusación por torturas en los centros clandestinos de detención y tortura Los Vagones de la ciudad de Canelones.
Por esta causa se procesó a Héctor Amodio Pérez por reiterados delitos de privación de libertad especialmente agravados en el año 2015. Al año siguiente fue revocado el procesamiento y la causa fue archivada.
Esta causa judicial refiere a torturas y abusos sexuales cometidos contra militantes, en su mayoría pertenecientes al Partido Comunista del Uruguay y la Unión de Juventudes Comunistas. Los crímenes ocurrieron en la ex Guardia Metropolitana (Magallanes y Paysandú) y por los mismos fue procesado el 13/07/2020 el policía retirado Tabaré Sartorio Guimaraens, imputandosele los delitos de privación de libertad y abuso de autoridad contra los detenidos. El 12/03/2021 fue procesado con prisión por los mismos delitos de tortura, el policía retirado Ayelmiro Pereira Silveira.
En marzo de 2012 un grupo de víctimas de delitos de lesa humanidad presentaron denuncia.
El 6 de octubre de 2021 la jueza sentencia el procesamiento de Carlos Raúl Chaine Díaz por torturas y lesiones a los detenidos.
En la sentencia se describe que: "En el año 1976 fueron detenidos los integrantes del PCU Emilio Toribio Mendez, Ariel Zapata,Julio Basualdo y Carlos Pintos por el hecho de pertenecer a dicha organización política. Siendo trasladados a la unidad militar antes indicada, fueron objeto de diversos tormentos,durante su detención en Caballeria N° 5...". "Entre los responsables de los tormentos, se indico a Juancito Urquhart (hoy fallecido) y al Alférez Chainez".
El 7 de febrero de 2022 el Tribunal de Apelaciones de 1er Turno confirmó el procesamiento y dispuso la prisión domiciliaria para el represor.
Causa colectiva por torturas presentada en año 2011, en que se denunció secuestros, torturas y violencia sexual sobre varias personas en el Batallón 13 y el Centro Clandestino de Detención '300 Carlos'. El expediente judicial recopiló mas de 20 testimonios de estos delitos, por los cuales fueron procesados con prisión, el 3 de junio de 2021 los militares José Nino Gavazzo, Mario Julio Aguerrondo Montecoral, Rudyard Raúl Scioscia Soba, Mario Carlos Franchelle Franco, Mario Manuel Cola Silveira, Ernesto Ramas y Jorge Silveira.
Esta causa referida a torturas y abusos sexuales cometidos en dependencias de la Dirección Nacional de Información e Inteligencia tuvo su origen en la denuncia colectiva del año 2011 por parte de mas de 40 víctimas, que eran miembros de la Unión de Juventudes Comunistas en la década de 1970. A esta causa se incorporó una causa anterior 'ALSINA Gustavo y otros, denuncia', también por torturas, que había sido presentada en 1985.
Por estos delitos de lesa humanidad, en julio del 2020 se procesó con prisión a los represores Jorge Guldenzoph, ex militante de la Unión de Juventudes Comunistas que actúo como delator, torturador y abusador sexual durante la dictadura cívico-militar uruguaya y el oficial policial José Felisberto Lemos. Los delitos que se les imputaron en el procesamiento fueron de abuso de autoridad contra los detenidos y privación de libertad.
El 11/09/2006 se procesó a Ernesto Soca Prado con prisión y posteriormente se lo condenó por 28 delitos de homicidio muy especialmente agravados a 15 años de penitenciería. Los crímenes se cometieron en Argentina y Uruguay en el marco de la coordinación represiva del Plan Cóndor.
Por esta causa, que refiere a las desapariciones forzadas de Edison Inzaurralde y Nelson Santana fue procesado con prisión el Coronel (r) Carlos Calcagno Gorlero. Al fallecer en el año 2013 la causa fue archivada.
En esta causa judicial se condenó a los represores José Nino Gavazzo y Ricardo Arab como autores responsables de 28 delitos de homicidio muy especialmente agravados, a la pena de 25 años de penitenciaría por su participación en la secuestro, torturas, asesinato y desaparición de ciudadanas y ciudadanos uruguayos en Argentina en 1976, en el marco de la coordinación conocida como Plan Cóndor.
El procesamiento de Gavazzo y Arab había tenido lugar en la causa 2-43332/2005 en la cual también habían sido procesados Ernesto Ramas, Jorge Silveira, Ricardo Medina, Luis Maurente, José Sande Lima y Gilberto Váquez. Estos últimos fueron condenados en dicha causa a penas de entre 20 y 25 años de penitenciaría. Por su parte, Gavazzo y Arab recibieron penas de 25 años de penitenciaría.
Causa que condenó a represores por su participación en la secuestro, torturas, asesinato y desaparición de 28 ciudadanas y ciudadanos uruguayos en Argentina en 1976, en el marco de la coordinación conocida como Plan Cóndor. En el año 2006 se procesó a los represores Ernesto Ramas, Jorge Silveira, José Gavazzo, Ricardo Medina, José Arab, Luis Maurente, José Sande Lima y Gilberto Váquez, con prisión preventiva por un delito de privación de libertad con un delito de asociación para delinquir. Si bien en la indagatoria se mencionaban mas víctimas, la única considerada en esta instancia fue Adalberto Waldemar Soba Fernández, ya que era el único caso excluido de la Ley de Caducidad de los mencionados.
En el año 2009 se terminó procesando a Silveira, Vázquez y Ramas como autores responsables de 28 delitos de homicidio muy especialmente agravados en reiteración real, con penas de 25 años de penitenciaría, mientras que a Maurente, Medina y Sande Lima por los mismos delitos se los condenó a 20 años de penitenciaría. Los otros dos procesados originalmente, José Gavazzo y Ricardo Arab, fueron condenados en la causa 98-247/2006 cuya sentencia se dictó el mismo día y también recibieron penas de 25 años de penitenciaría.